La nulidad absoluta por regla general no impide que el acto produzca provisionalmente sus efectos, los cuales seran destruidos retroactivamente cuando se pronuncie por el juez la nulidad. Puede invocarse por todo interesado y no desaparece por confirmacion o prescripcion.
Articulo 2226. La nulidad absoluta por regla general no impide que el acto produzca provisionalmente sus efectos, los cuales seran destruidos retroactivamente cuando se pronuncie por el juez la nulidad. De ella puede prevalerse todo interesado y no desaparece por la confirmacion o la prescripcion.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Para SDV Asesores, este articulo tiene enorme relevancia practica. Aunque un acto sea absolutamente nulo, puede producir efectos mientras un juez no declare la nulidad. Esto significa que en el ambito empresarial, un contrato con objeto ilicito puede estar ejecutandose hasta que sea impugnado judicialmente. La nulidad absoluta, al igual que la inexistencia, no se sanea con el tiempo ni con confirmacion de las partes. Es imperativo que las empresas realicen una revision legal preventiva de sus contratos para evitar celebrar actos con nulidad absoluta, que generan inseguridad juridica y potencial responsabilidad.
Art. 1794. Elementos de existencia del contrato
Para la existencia del contrato se requiere consentimiento y objeto que pueda ser materia del contrato. Sin estos elementos el contrato es juridicamente inexistente.
Art. 1795. Causas de nulidad del contrato
El contrato puede ser invalidado por incapacidad de las partes, vicios del consentimiento, objeto o fin ilicito, o porque el consentimiento no se haya manifestado en la forma que la ley establece.
Art. 2224. Nulidad absoluta por inexistencia
El acto juridico inexistente por la falta de consentimiento o de objeto no producira efecto legal alguno. No es susceptible de valer por confirmacion ni por prescripcion; su inexistencia puede invocarse por todo interesado.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo