CCom

Artículo 1049. Jurisdiccion mercantil

Establece que son juicios mercantiles los que tienen por objeto ventilar y decidir las controversias que conforme a las leyes mercantiles deriven de actos comerciales.

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Texto Legal

Articulo 1049 — Jurisdiccion Mercantil

Son juicios mercantiles los que tienen por objeto ventilar y decidir las controversias que conforme a los articulos 4o., 75 y 76, se deriven de los actos comerciales.

Competencia

La jurisdiccion mercantil es concurrente, lo que significa que:
- Los juicios mercantiles pueden ventilarse ante tribunales federales o locales
- El demandado puede elegir la jurisdiccion
- Los tribunales especializados en materia mercantil son preferentes

Tipos de Juicios Mercantiles

El Codigo de Comercio contempla:
1. Juicio ordinario mercantil — Procedimiento general
2. Juicio ejecutivo mercantil — Para titulos que traen aparejada ejecucion
3. Juicio oral mercantil — Procedimiento abreviado para cuantias menores
4. Juicio especial de fianzas — Para controversias sobre fianzas mercantiles

Relevancia


Los juicios mercantiles son distintos de los juicios fiscales (que se ventilan ante el TFJA) y de los juicios civiles.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La distincion entre jurisdiccion mercantil y fiscal es importante: las controversias derivadas de actos de comercio se ventilan en tribunales mercantiles, mientras que las controversias entre contribuyentes y autoridades fiscales se resuelven ante el TFJA o mediante juicio de amparo. Sin embargo, pueden existir implicaciones fiscales en juicios mercantiles cuando se discuten montos que generan obligaciones tributarias.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1049 del CCom?

Establece que son juicios mercantiles los que tienen por objeto ventilar y decidir las controversias que conforme a las leyes mercantiles deriven de actos comerciales.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 1049 de la Codigo de Comercio?

La distincion entre jurisdiccion mercantil y fiscal es importante: las controversias derivadas de actos de comercio se ventilan en tribunales mercantiles, mientras que las controversias entre contribuyentes y autoridades fiscales se resuelven ante el TFJA o mediante juicio de amparo. Sin embargo, pueden existir implicaciones fiscales en juicios mercantiles cuando se discuten montos que generan obligaciones tributarias.

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