CCom

Artículo 3. Presuncion de comerciante

Establece la presuncion legal de que son comerciantes las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio hacen de el su ocupacion ordinaria, y las sociedades constituidas conforme a las leyes mercantiles.

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Texto Legal

Articulo 3 — Presuncion de Comerciante

Se reputan en derecho comerciantes:

I. Las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de el su ocupacion ordinaria;

II. Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles;

III. Las sociedades extranjeras o las agencias y sucursales de estas, que dentro del territorio nacional ejerzan actos de comercio.

Capacidad Legal

Para ser comerciante se requiere tener capacidad de ejercicio conforme al derecho civil. Los menores de edad emancipados pueden ejercer el comercio.

Implicaciones

La calidad de comerciante trae consigo obligaciones especificas:
- Inscripcion en el Registro Publico de Comercio
- Llevar contabilidad mercantil
- Conservar correspondencia comercial
- Cumplir obligaciones fiscales especificas

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La calidad de comerciante tiene implicaciones fiscales directas: determina el regimen fiscal aplicable, las obligaciones de contabilidad y los supuestos de causacion de contribuciones. Las sociedades mercantiles son siempre contribuyentes del ISR como personas morales del regimen general.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 3 del CCom?

Establece la presuncion legal de que son comerciantes las personas que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio hacen de el su ocupacion ordinaria, y las sociedades constituidas conforme a las leyes mercantiles.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 3 de la Codigo de Comercio?

La calidad de comerciante tiene implicaciones fiscales directas: determina el regimen fiscal aplicable, las obligaciones de contabilidad y los supuestos de causacion de contribuciones. Las sociedades mercantiles son siempre contribuyentes del ISR como personas morales del regimen general.

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