Establece las reglas para el cómputo de plazos en materia fiscal. Define los días inhábiles, las reglas cuando el último día del plazo es inhábil, y las disposiciones especiales para plazos fijados en días, meses y años.
En los plazos fijados en días no se contarán los sábados, los domingos ni los días inhábiles. Se consideran días inhábiles:
- El 1o. de enero
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
- El 1o. y 5 de mayo
- El 16 de septiembre
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
- El 1o. de diciembre de cada 6 años (transmisión del Poder Ejecutivo)
- El 25 de diciembre
- Los días en que tengan vacaciones generales las autoridades fiscales federales
Cuando los plazos se fijen en meses o en años, sin especificar que sean de calendario, se entenderá que concluyen el mismo día del mes de calendario posterior a aquél en que se inició el cómputo.
Cuando no exista el mismo día en el mes de calendario correspondiente, el término será el primer día hábil del siguiente mes de calendario.
No obstante lo dispuesto en los párrafos anteriores, si el último día del plazo o en la fecha determinada, las oficinas ante las que se vaya a hacer el trámite permanecen cerradas durante el horario normal de labores o se trate de un día inhábil, se prorrogará el plazo hasta el siguiente día hábil.
Las autoridades fiscales podrán habilitar los días inhábiles. Esta circunstancia deberá comunicarse a los particulares y no podrá implicar una reducción del plazo concedido.
El período general de vacaciones de las autoridades fiscales federales comprende los días del período que se publique en el Diario Oficial de la Federación (generalmente la segunda quincena de diciembre y primera semana de enero).
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El cómputo correcto de plazos es crítico en materia fiscal. En SDV verificamos minuciosamente cada plazo, considerando días inhábiles y períodos de vacaciones del SAT, antes de presentar cualquier recurso, solicitud o cumplir requerimientos. Un error de un solo día puede significar la pérdida de un derecho (como la extemporaneidad en un recurso de revocación) o la imposición de recargos por pago fuera de plazo. Llevamos un calendario fiscal actualizado que considera todos los días inhábiles oficiales.
Art. 22. Devoluciones de saldos a favor
Regula el procedimiento para que los contribuyentes soliciten la devolución de cantidades pagadas indebidamente o en exceso al fisco. Establece plazos, requisitos, facultades de la autoridad para verificar la procedencia, y las consecuencias del incumplimiento de plazos por parte de la autoridad.
Art. 11. Ejercicio fiscal
Define el ejercicio fiscal como el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Establece las reglas para ejercicios irregulares, como el inicio de operaciones o la liquidación de personas morales.
Art. 121. Plazo para interponer el recurso de revocación
Establece que el recurso de revocación deberá interponerse dentro de los 30 días hábiles siguientes a aquel en que haya surtido efectos la notificación del acto impugnado. Define las reglas especiales de cómputo del plazo.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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