CFF

Artículo 17-A. Actualización de contribuciones mediante INPC

Establece el mecanismo de actualización de las contribuciones, aprovechamientos y devoluciones a cargo del fisco federal mediante el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Define la fórmula del factor de actualización y las reglas para su aplicación.

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Texto Legal

Artículo 17-A — Actualización de Contribuciones

El monto de las contribuciones, aprovechamientos, así como de las devoluciones a cargo del fisco federal, se actualizará por el transcurso del tiempo y con motivo de los cambios de precios en el país, para lo cual se aplicará el factor de actualización a las cantidades que se deban actualizar. Dicho factor se obtendrá dividiendo el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) del mes anterior al más reciente del período entre el citado índice correspondiente al mes anterior al más antiguo de dicho período.

Fórmula del factor de actualización

```
Factor de actualización = INPC del mes anterior al más reciente del período
÷ INPC del mes anterior al más antiguo del período
```

Reglas de aplicación

Cuando el resultado de la operación sea menor a 1, el factor de actualización que se aplicará al monto de las contribuciones será 1.

Las contribuciones, los aprovechamientos, así como las devoluciones a cargo del fisco federal, no se actualizarán por fracciones de mes.

Actualización de cantidades en la ley

Cuando de conformidad con las disposiciones fiscales se deban realizar operaciones aritméticas, con el fin de determinar factores o proporciones, las mismas deberán calcularse hasta el diezmilésimo.

Índice Nacional de Precios al Consumidor

El Banco de México publicará en el Diario Oficial de la Federación el INPC, el cual será calculado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

Aplicación práctica

La actualización se aplica a:

- Contribuciones omitidas desde el mes en que debieron pagarse hasta el mes en que se paguen
- Saldos a favor desde el mes en que se presentó la declaración hasta el mes en que se realice la devolución o compensación
- Pérdidas fiscales pendientes de amortizar
- Cantidades establecidas en las leyes fiscales (UMA, límites de deducciones, etc.)

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La actualización es un mecanismo que busca mantener el valor real de las cantidades fiscales frente a la inflación. En SDV calculamos meticulosamente los factores de actualización para cada período, tanto en créditos fiscales a cargo como en saldos a favor. Es importante no confundir la actualización con los recargos: la actualización compensa la pérdida del poder adquisitivo, mientras que los recargos son la indemnización por el pago extemporáneo. Ambos se calculan de forma independiente y se suman al adeudo principal.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 17-A del CFF?

Establece el mecanismo de actualización de las contribuciones, aprovechamientos y devoluciones a cargo del fisco federal mediante el Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC). Define la fórmula del factor de actualización y las reglas para su aplicación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 17-A de la Código Fiscal?

La actualización es un mecanismo que busca mantener el valor real de las cantidades fiscales frente a la inflación. En SDV calculamos meticulosamente los factores de actualización para cada período, tanto en créditos fiscales a cargo como en saldos a favor. Es importante no confundir la actualización con los recargos: la actualización compensa la pérdida del poder adquisitivo, mientras que los recargos son la indemnización por el pago extemporáneo. Ambos se calculan de forma independiente y se suman al adeudo principal.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 17-A CFF?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 17-A del CFF, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora ISR. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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