CFF

Artículo 29-A. Requisitos de los comprobantes fiscales digitales (CFDI)

Enumera los requisitos que deben contener los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), incluyendo datos del emisor y receptor, descripción de los bienes o servicios, forma y método de pago, régimen fiscal, y lugar de expedición.

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Texto Legal

Artículo 29-A — Requisitos de los CFDI

Los comprobantes fiscales digitales a que se refiere el artículo 29 de este Código, deberán contener los siguientes requisitos:

I. La clave del registro federal de contribuyentes de quien los expida y el régimen fiscal en que tributen conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta.

II. El número de folio y el sello digital del Servicio de Administración Tributaria, así como el sello digital del contribuyente que lo expide.

III. El lugar y fecha de expedición.

IV. La clave del registro federal de contribuyentes de la persona a favor de quien se expida. Cuando no se cuente con la clave del RFC, se señalará la clave genérica que establezca el SAT.

Tratándose de comprobantes fiscales que se utilicen para solicitar la devolución del impuesto al valor agregado a turistas extranjeros, se deberá anotar la clave del RFC genérica.

V. La cantidad, unidad de medida y clase de los bienes o mercancías o descripción del servicio o del uso o goce que amparen.

Los comprobantes que se expidan en los supuestos que a continuación se indican, deberán cumplir adicionalmente con lo que en cada caso se especifica:

- a) Los que se expidan a las personas físicas que cumplan sus obligaciones fiscales por conducto del coordinado, las cuales se identificarán mediante la clave RFC genérica.
- b) Los que amparen donativos deducibles deberán señalar expresamente tal situación.
- c) Los que se expidan por retención de contribuciones.

VI. El valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra.

VII. La forma en que se realizó el pago, ya sea en efectivo, transferencias electrónicas de fondos, cheques nominativos o tarjetas de débito, de crédito, de servicio o las denominadas monederos electrónicos.

VIII. El método de pago: si es pago en una sola exhibición (PUE) o en parcialidades o diferido (PPD).

IX. Los contribuyentes que realicen las operaciones a que se refieren los artículos 2o.-A de la Ley del IVA; 19, fracciones I, II, III y V del IEPS, deberán señalar en forma expresa si el pago se hace en una sola exhibición o en parcialidades.

Los comprobantes fiscales digitales por Internet deberán contener los complementos que el SAT determine mediante reglas de carácter general.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El cumplimiento de los requisitos del 29-A es indispensable para que una deducción o acreditamiento sea procedente. Los errores más comunes que encontramos en SDV son: RFC incorrecto del receptor, método de pago equivocado (PUE cuando debería ser PPD), descripción genérica de bienes o servicios, y falta de complemento de pago cuando la factura se paga en parcialidades. Desde CFDI 4.0, es obligatorio incluir el nombre y régimen fiscal del receptor, así como el código postal del domicilio fiscal. Recomendamos implementar un proceso de validación automática antes de aceptar cualquier CFDI de proveedores.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 29-A del CFF?

Enumera los requisitos que deben contener los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI), incluyendo datos del emisor y receptor, descripción de los bienes o servicios, forma y método de pago, régimen fiscal, y lugar de expedición.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 29-A de la Código Fiscal?

El cumplimiento de los requisitos del 29-A es indispensable para que una deducción o acreditamiento sea procedente. Los errores más comunes que encontramos en SDV son: RFC incorrecto del receptor, método de pago equivocado (PUE cuando debería ser PPD), descripción genérica de bienes o servicios, y falta de complemento de pago cuando la factura se paga en parcialidades. Desde CFDI 4.0, es obligatorio incluir el nombre y régimen fiscal del receptor, así como el código postal del domicilio fiscal. Recomendamos implementar un proceso de validación automática antes de aceptar cualquier CFDI de proveedores.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 29-A CFF?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 29-A del CFF, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora IVA. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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