CFF

Artículo 41-A. Requerimiento de información adicional

Faculta a la autoridad fiscal para requerir a los contribuyentes información adicional que no esté contenida en las declaraciones, sin que dicho requerimiento se considere inicio de facultades de comprobación.

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Texto Legal

Artículo 41-A — Información Adicional

Las autoridades fiscales podrán solicitar a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros, datos, informes o documentos adicionales, que consideren necesarios para aclarar la información asentada en las declaraciones de pago provisional o definitivo, del ejercicio y complementarias, así como en los avisos de compensación correspondientes, sin que dicha solicitud se considere como inicio de las facultades de comprobación a que se refiere el artículo 42 de este Código.

Plazo para cumplir

Los contribuyentes, responsables solidarios o terceros, deberán proporcionar la información solicitada dentro de un plazo de 15 días hábiles siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación de la solicitud.

Características del requerimiento

- No constituye inicio de facultades de comprobación
- No suspende los plazos de caducidad (art. 67)
- Puede realizarse a través del buzón tributario
- La autoridad puede requerir documentos como:
- Estados de cuenta bancarios
- Papeles de trabajo de declaraciones
- Contratos que soporten operaciones declaradas
- Comprobantes de deducciones específicas

Incumplimiento

Si el contribuyente no proporciona la información requerida, la autoridad podrá:

- Imponer las multas correspondientes
- Iniciar formalmente las facultades de comprobación (art. 42)
- Determinar presuntivamente las contribuciones

Distinción con la revisión formal

A diferencia de una auditoría o visita domiciliaria, el requerimiento del artículo 41-A:

- No tiene los plazos del artículo 46-A
- No requiere una orden de visita
- No genera el derecho a un acuerdo conclusivo
- Es simplemente una solicitud de información para aclarar datos declarados

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El artículo 41-A es una herramienta que el SAT utiliza con creciente frecuencia. En SDV alertamos a nuestros clientes sobre la importancia de atender estos requerimientos oportunamente, pues aunque no constituyen formalmente una auditoría, la información proporcionada puede servir de base para iniciar posteriormente facultades de comprobación formales. Recomendamos responder con la información estrictamente solicitada, sin proporcionar información adicional innecesaria que pueda abrir nuevas líneas de investigación por parte de la autoridad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 41-A del CFF?

Faculta a la autoridad fiscal para requerir a los contribuyentes información adicional que no esté contenida en las declaraciones, sin que dicho requerimiento se considere inicio de facultades de comprobación.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 41-A de la Código Fiscal?

El artículo 41-A es una herramienta que el SAT utiliza con creciente frecuencia. En SDV alertamos a nuestros clientes sobre la importancia de atender estos requerimientos oportunamente, pues aunque no constituyen formalmente una auditoría, la información proporcionada puede servir de base para iniciar posteriormente facultades de comprobación formales. Recomendamos responder con la información estrictamente solicitada, sin proporcionar información adicional innecesaria que pueda abrir nuevas líneas de investigación por parte de la autoridad.

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