CPF

Artículo 386. Fraude generico

Tipifica el delito de fraude generico: el que enganando a uno o aprovechandose del error en que este se halla se hace ilicitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.

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Texto Legal

Articulo 386 — Fraude Generico

Comete el delito de fraude el que enganando a uno o aprovechandose del error en que este se halla se hace ilicitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.

Penalidades segun monto

El delito de fraude se castigara con las penas siguientes:

I. Con prision de 3 dias a 6 meses o de 30 a 180 dias multa, cuando el valor de lo defraudado no exceda de diez veces el valor diario de la UMA;

II. Con prision de 6 meses a 3 anos y multa de 10 a 100 veces el valor diario de la UMA, cuando el valor de lo defraudado excediera de 10 pero no de 500 veces el valor diario de la UMA;

III. Con prision de tres a doce anos y multa hasta de ciento veinte veces el valor diario de la UMA, si el valor de lo defraudado fuere mayor de quinientas veces el valor diario de la UMA.

Elementos del tipo


1. Engano — Maquinacion o artificio para inducir a error
2. Error — Falsa representacion de la realidad en la victima
3. Disposicion patrimonial — Acto que afecta el patrimonio
4. Lucro indebido — Beneficio economico ilicito

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El fraude generico del CPF debe distinguirse de la defraudacion fiscal del articulo 108 del CFF. Mientras el fraude del CPF protege el patrimonio de particulares, la defraudacion fiscal protege el erario publico. Sin embargo, en esquemas complejos pueden concurrir ambos delitos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 386 del CPF?

Tipifica el delito de fraude generico: el que enganando a uno o aprovechandose del error en que este se halla se hace ilicitamente de alguna cosa o alcanza un lucro indebido.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 386 de la Codigo Penal Federal?

El fraude generico del CPF debe distinguirse de la defraudacion fiscal del articulo 108 del CFF. Mientras el fraude del CPF protege el patrimonio de particulares, la defraudacion fiscal protege el erario publico. Sin embargo, en esquemas complejos pueden concurrir ambos delitos.

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