CPF

Artículo 400-Bis. Operaciones con recursos de procedencia ilicita

Tipifica el delito de lavado de dinero, sancionando al que adquiera, resguarde, transporte, transforme o transfiera recursos de procedencia ilicita.

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Texto Legal

Articulo 400 Bis — Operaciones con Recursos de Procedencia Ilicita

Se impondra de cinco a quince anos de prision y de mil a cinco mil dias multa al que por si o por interposita persona realice cualquiera de las siguientes conductas:

I. Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, de o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de este hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilicita.

II. La misma pena se aplicara al que oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, ubicacion, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilicita.

Agravantes


La pena se aumentara en una mitad cuando la conducta se realice por servidores publicos encargados de prevenir, denunciar, investigar o juzgar la comision de delitos.

Actividad ilicita


Para efectos de este articulo, se entendera que son producto de una actividad ilicita, los recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o indirectamente de una actividad ilicita.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El lavado de dinero tiene una relacion estrecha con los delitos fiscales. La defraudacion fiscal puede ser el delito previo que genera los recursos ilicitos. El SAT tiene obligaciones de reporte ante la UIF (Unidad de Inteligencia Financiera) y los contribuyentes tienen obligaciones de prevenir el lavado de dinero, especialmente en actividades vulnerables conforme a la LFPIORPI.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 400-Bis del CPF?

Tipifica el delito de lavado de dinero, sancionando al que adquiera, resguarde, transporte, transforme o transfiera recursos de procedencia ilicita.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 400-Bis de la Codigo Penal Federal?

El lavado de dinero tiene una relacion estrecha con los delitos fiscales. La defraudacion fiscal puede ser el delito previo que genera los recursos ilicitos. El SAT tiene obligaciones de reporte ante la UIF (Unidad de Inteligencia Financiera) y los contribuyentes tienen obligaciones de prevenir el lavado de dinero, especialmente en actividades vulnerables conforme a la LFPIORPI.

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