Establece los casos en que los tribunales de la Federacion resolveran controversias por normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen derechos humanos.
Los Tribunales de la Federacion resolveran toda controversia que se suscite:
I. Por normas generales, actos u omisiones de la autoridad que violen los derechos humanos reconocidos y las garantias otorgadas para su proteccion por esta Constitucion, asi como por los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte;
II. Por normas generales o actos de la autoridad federal que vulneren o restrinjan la soberania de los Estados o la autonomia de la Ciudad de Mexico; y
III. Por normas generales o actos de las autoridades de las entidades federativas que invadan la esfera de competencia de la autoridad federal.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El articulo 103, junto con el 107, es el fundamento constitucional del juicio de amparo. En materia fiscal, el amparo es la herramienta mas poderosa de defensa constitucional. Se utiliza contra leyes fiscales inconstitucionales (amparo indirecto contra normas autoaplicativas) y contra actos definitivos del SAT o resoluciones del TFJA (amparo directo). Todo abogado fiscalista debe dominar este instrumento.
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