LFT

Artículo 10. Definicion de patron

Define al patron como la persona fisica o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. Cuando el trabajador utilice los servicios de otros trabajadores, el patron de aquel lo sera tambien de estos.

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Texto Legal

Articulo 10 - Concepto de Patron

Patron es la persona fisica o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores.

Si el trabajador, conforme a lo pactado o a la costumbre, utiliza los servicios de otros trabajadores, el patron de aquel lo sera tambien de estos.

Elementos de la definicion

| Elemento | Significado |
|----------|-------------|
| Persona fisica o moral | Tanto individuos como empresas pueden ser patrones |
| Utiliza servicios | Recibe el beneficio del trabajo subordinado |
| Extension de la relacion | Si el trabajador subcontrata a otros, el patron original es responsable |

Patron sustituto (Art. 41)

Cuando por cualquier circunstancia se transfiera la empresa o establecimiento a otro patron, este queda solidariamente obligado con el anterior por las obligaciones derivadas de las relaciones de trabajo hasta por un termino de seis meses a partir de la sustitucion.

Responsabilidad del patron

El patron es responsable de:

- Pagar salarios e indemnizaciones conforme a la ley
- Inscribir a los trabajadores en el IMSS e INFONAVIT
- Proporcionar condiciones dignas de trabajo
- Cumplir con las normas de seguridad e higiene
- Respetar los derechos colectivos de los trabajadores
- Retener y enterar las contribuciones (ISR, cuotas obrero-patronales)

Empresa y establecimiento (Art. 16)

Para efectos de la LFT, se entiende por empresa la unidad economica de produccion o distribucion de bienes o servicios, y por establecimiento la unidad tecnica que como sucursal, agencia u otra forma semejante, sea parte integrante y contribuya a la realizacion de los fines de la empresa.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La definicion de patron tiene implicaciones directas en la responsabilidad laboral. Si una persona moral contrata trabajadores a traves de un representante o gerente, la responsabilidad recae en la persona moral, no en el representante personal. Esto es relevante en grupos empresariales donde una empresa puede ser considerada patron solidario si se demuestra que existe una unidad economica (mismos socios, misma administracion, mismo domicilio). La sustitucion patronal (Art. 41) es critica en operaciones de compraventa de empresas o fusiones: el nuevo patron asume todas las obligaciones laborales, y durante 6 meses existe responsabilidad solidaria con el patron anterior. En procesos de due diligence para adquisiciones, es fundamental auditar los pasivos laborales contingentes.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 10 del LFT?

Define al patron como la persona fisica o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores. Cuando el trabajador utilice los servicios de otros trabajadores, el patron de aquel lo sera tambien de estos.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 10 de la Ley del Trabajo?

La definicion de patron tiene implicaciones directas en la responsabilidad laboral. Si una persona moral contrata trabajadores a traves de un representante o gerente, la responsabilidad recae en la persona moral, no en el representante personal. Esto es relevante en grupos empresariales donde una empresa puede ser considerada patron solidario si se demuestra que existe una unidad economica (mismos socios, misma administracion, mismo domicilio). La sustitucion patronal (Art. 41) es critica en operaciones de compraventa de empresas o fusiones: el nuevo patron asume todas las obligaciones laborales, y durante 6 meses existe responsabilidad solidaria con el patron anterior. En procesos de due diligence para adquisiciones, es fundamental auditar los pasivos laborales contingentes.

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