Enumera las obligaciones de los trabajadores: cumplir las disposiciones del reglamento interior, observar las medidas de seguridad e higiene, desempenar el servicio bajo la direccion del patron, ejecutar el trabajo con intensidad y cuidado apropiados, dar aviso inmediato al patron de deficiencias o faltas de material, restituir materiales no usados, guardar secretos, entre otras.
Son obligaciones de los trabajadores:
I. Cumplir las disposiciones de las normas de trabajo que les sean aplicables
II. Observar las disposiciones contenidas en el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo, asi como las que indiquen los patrones para su seguridad y proteccion personal
III. Desempenar el servicio bajo la direccion del patron o de su representante, a cuya autoridad estaran subordinados en todo lo concerniente al trabajo
IV. Ejecutar el trabajo con la intensidad, cuidado y esmero apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos
V. Dar aviso inmediato al patron, salvo caso fortuito o fuerza mayor, de las causas justificadas que le impidan concurrir a su trabajo
VI. Restituir al patron los materiales no usados y conservar en buen estado los instrumentos y utiles que les haya dado para el trabajo, no siendo responsables por el deterioro que origine el uso de estos objetos, ni del ocasionado por caso fortuito, fuerza mayor o por mala calidad o defectuosa construccion
VII. Observar buenas costumbres durante el servicio
VIII. Prestar auxilios en cualquier tiempo que se necesiten, cuando por siniestro o riesgo inminente peligren las personas o los intereses del patron o de sus companeros de trabajo
IX. Integrar los organismos que establece esta Ley (Comision Mixta de PTU, Comision de Seguridad e Higiene, etc.)
X. Someterse a los reconocimientos medicos previstos en el reglamento interior y demas normas vigentes
XI. Poner en conocimiento del patron las enfermedades contagiosas que padezcan, tan pronto como tengan conocimiento de las mismas
XII. Comunicar al patron o a su representante las deficiencias que adviertan, a fin de evitar danos o perjuicios a los intereses y vidas de sus companeros de trabajo o de los patrones
XIII. Guardar escrupulosamente los secretos tecnicos, comerciales y de fabricacion de los productos a cuya elaboracion concurran directa o indirectamente
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El articulo 134 establece las obligaciones cuyo incumplimiento puede derivar en causas de rescision conforme al articulo 47. La relacion entre ambos articulos es directa: si el trabajador incumple las obligaciones del 134, el patron puede invocar las causales del 47. Las obligaciones mas relevantes en la practica son: (1) cumplir el reglamento interior y las normas de seguridad (su incumplimiento puede causar accidentes y responsabilidad para la empresa); (2) ejecutar el trabajo con intensidad y cuidado apropiados (base para evaluar negligencia); (3) dar aviso de ausencias (relacionado con la causal de mas de 3 faltas en 30 dias); (4) guardar secretos tecnicos y comerciales (relevante en industrias con propiedad intelectual). Las empresas deben comunicar claramente estas obligaciones a los trabajadores, preferentemente en el contrato y en el curso de induccion.
Art. 47. Causas de rescision sin responsabilidad para el patron
Enumera las causas por las cuales el patron puede despedir justificadamente a un trabajador sin responsabilidad de pago de indemnizacion: engano, faltas de probidad, violencia, dano intencional, negligencia grave, actos inmorales, revelar secretos, mas de tres faltas injustificadas en 30 dias, entre otras.
Art. 132. Obligaciones de los patrones
Enumera las obligaciones principales de los patrones: pagar salarios e indemnizaciones, proporcionar herramientas de trabajo, mantener lugares de trabajo seguros e higienicos, expedir constancias de trabajo, inscribir a trabajadores en IMSS e INFONAVIT, capacitar, entre otras.
Art. 133. Prohibiciones a los patrones
Enumera las conductas prohibidas a los patrones: negarse a aceptar trabajadores por edad o sexo, exigir que los trabajadores compren en tienda determinada, exigir o aceptar dinero por empleo, obligar a afiliarse a sindicato, intervenir en regimen sindical, hacer propaganda politica, exigir prueba de embarazo, realizar hostigamiento o acoso sexual, entre otras.
Anterior
Art. 133. Prohibiciones a los patrones
Siguiente
Art. 170. Derechos de las madres trabajadoras (maternidad)
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo