Establece la presuncion legal de que existe una relacion de trabajo entre la persona que presta un servicio personal y la que lo recibe. Esta presuncion opera a favor del trabajador y traslada la carga de la prueba al patron.
Se presumen la existencia del contrato y de la relacion de trabajo entre el que presta un trabajo personal y el que lo recibe.
Esta presuncion legal significa que:
1. Basta con demostrar que se presto un servicio personal para presumir que existe relacion laboral
2. La carga de la prueba se invierte: corresponde al patron demostrar que no existe relacion de trabajo
3. La presuncion opera independientemente de la existencia de un contrato escrito
4. Aplica cualquiera que sea el acto que le de origen a la prestacion del servicio
En caso de discrepancia entre lo que establecen los documentos (contratos de prestacion de servicios, recibos de honorarios) y lo que ocurre en la realidad (subordinacion, horario, lugar de trabajo), prevalece la realidad.
| Indicio | Descripcion |
|---------|-------------|
| Horario fijo | El prestador del servicio cumple un horario impuesto |
| Lugar de trabajo | Labora en las instalaciones de quien recibe el servicio |
| Herramientas proporcionadas | Utiliza equipo e instrumentos del beneficiario |
| Direccion y supervision | Recibe ordenes y su trabajo es supervisado |
| Exclusividad | No puede prestar servicios a terceros |
| Pago periodico | Recibe una contraprestacion fija periodica |
| Integracion organizacional | Forma parte del organigrama o estructura de la empresa |
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este articulo es la base juridica mas poderosa para los trabajadores que buscan el reconocimiento de una relacion laboral no formalizada. En la practica, es la herramienta principal contra esquemas de simulacion laboral como: (1) contratacion por honorarios cuando existe subordinacion; (2) uso de cooperativas de trabajo; (3) contratacion a traves de sociedades civiles; (4) uso de plataformas de facturacion. Los tribunales laborales evaluan los indicios de subordinacion en su conjunto, no de manera aislada. Si se acredita la existencia de una relacion laboral, el trabajador tiene derecho retroactivo a todas las prestaciones de ley (IMSS, INFONAVIT, vacaciones, aguinaldo, PTU, prima vacacional) desde el inicio de la relacion.
Art. 20. Concepto de relacion de trabajo
Define la relacion de trabajo como la prestacion de un servicio personal subordinado a cambio de un salario. Establece que el contrato individual de trabajo es el acuerdo por el cual una persona se obliga a prestar un servicio subordinado.
Art. 8. Definicion de trabajador
Define al trabajador como la persona fisica que presta a otra, fisica o moral, un trabajo personal subordinado. Establece que se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparacion tecnica requerido.
Art. 26. Falta de escrito sobre condiciones de trabajo
Establece que la falta del escrito que contenga las condiciones de trabajo no priva al trabajador de sus derechos, ya que se imputara al patron la falta de esa formalidad. En caso de controversia, se presumiran ciertas las condiciones de trabajo alegadas por el trabajador.
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Art. 26. Falta de escrito sobre condiciones de trabajo
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