LFT

Artículo 50. Indemnizaciones por despido injustificado

Establece las indemnizaciones que debe pagar el patron cuando el trabajador opta por la indemnizacion en lugar de la reinstalacion: 3 meses de salario mas 20 dias de salario por cada ano de servicios prestados, ademas de la prima de antiguedad.

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Texto Legal

Articulo 50 - Calculo de Indemnizaciones

Las indemnizaciones a que se refiere el articulo anterior consistiran:

I. Si la relacion de trabajo fuere por tiempo determinado menor de un ano, en una cantidad igual al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados; si excediera de un ano, en una cantidad igual al importe de los salarios de seis meses por el primer ano y de veinte dias por cada uno de los anos siguientes en que hubiese prestado sus servicios.

II. Si la relacion de trabajo fuere por tiempo indeterminado, la indemnizacion consistira en veinte dias de salario por cada uno de los anos de servicios prestados.

III. Ademas de las indemnizaciones a que se refieren las fracciones anteriores, en el importe de tres meses de salario y en el de los salarios vencidos e intereses, en su caso, en los terminos prevenidos en el articulo 48.

Resumen de la liquidacion completa (tiempo indeterminado)

| Concepto | Calculo |
|----------|---------|
| Indemnizacion constitucional | 3 meses de salario integrado |
| Indemnizacion por anos de servicio | 20 dias de salario por cada ano |
| Prima de antiguedad | 12 dias por cada ano (Art. 162) |
| Salarios caidos | Hasta 12 meses (si hay juicio) |
| + Finiquito | Vacaciones, aguinaldo, prima vacacional proporcionales |

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo, junto con el 48, define la llamada 'liquidacion' completa. En la practica empresarial, cuando se habla de 'liquidar' a un trabajador, se refiere a pagarle: indemnizacion de 3 meses (Art. 48) + 20 dias por ano (Art. 50, fraccion II) + 12 dias por ano de prima de antiguedad (Art. 162) + finiquito (vacaciones, aguinaldo, prima vacacional proporcionales). Es importante usar el salario diario integrado para el calculo de las indemnizaciones. Para una empresa, el costo de un despido injustificado de un trabajador con 10 anos de antiguedad puede representar facilmente 6 o 7 meses de salario solo en indemnizaciones, sin contar el finiquito.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 50 del LFT?

Establece las indemnizaciones que debe pagar el patron cuando el trabajador opta por la indemnizacion en lugar de la reinstalacion: 3 meses de salario mas 20 dias de salario por cada ano de servicios prestados, ademas de la prima de antiguedad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 50 de la Ley del Trabajo?

Este articulo, junto con el 48, define la llamada 'liquidacion' completa. En la practica empresarial, cuando se habla de 'liquidar' a un trabajador, se refiere a pagarle: indemnizacion de 3 meses (Art. 48) + 20 dias por ano (Art. 50, fraccion II) + 12 dias por ano de prima de antiguedad (Art. 162) + finiquito (vacaciones, aguinaldo, prima vacacional proporcionales). Es importante usar el salario diario integrado para el calculo de las indemnizaciones. Para una empresa, el costo de un despido injustificado de un trabajador con 10 anos de antiguedad puede representar facilmente 6 o 7 meses de salario solo en indemnizaciones, sin contar el finiquito.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 50 LFT?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 50 del LFT, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de Liquidacion, Calculadora de Finiquito. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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