Enumera las causas por las cuales el trabajador puede rescindir la relacion laboral sin responsabilidad y con derecho a indemnizacion: engano del patron sobre condiciones de trabajo, faltas de probidad del patron, reduccion del salario, incumplimiento del pago, actos de violencia o malos tratos, y exigir actos contrarios a la ley.
Son causas de rescision de la relacion de trabajo, sin responsabilidad para el trabajador:
I. Engano del patron o de la agrupacion patronal respecto de las condiciones de trabajo al celebrarse el contrato
II. Incurrir el patron, sus familiares o cualquiera de sus representantes, dentro del servicio, en faltas de probidad u honradez, actos de violencia, amenazas, injurias, hostigamiento y/o acoso sexual, malos tratamientos u otros analogos, en contra del trabajador, conyuge, padres, hijos o hermanos
III. Incurrir el patron, sus familiares o trabajadores, fuera del servicio, en los actos a que se refiere la fraccion anterior, si son de tal manera graves que hagan imposible el cumplimiento de la relacion de trabajo
IV. Reducir el patron el salario del trabajador
V. No recibir el salario correspondiente en la fecha o lugar convenidos o acostumbrados
VI. Sufrir perjuicios causados maliciosamente por el patron, en sus herramientas o utiles de trabajo
VII. La existencia de un peligro grave para la seguridad o salud del trabajador o de su familia, ya sea por carecer de condiciones higienicas el establecimiento o porque no se cumplan las medidas preventivas y de seguridad que las leyes establezcan
VIII. Comprometer el patron, con su imprudencia o descuido inexcusables, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en el
IX. Exigir la realizacion de actos, conductas o comportamientos que menoscaben o atenten contra la dignidad del trabajador
X. Las analogas a las establecidas en las fracciones anteriores, de igual manera graves y de consecuencias semejantes
El trabajador que rescinda por alguna de estas causas tendra derecho a la misma indemnizacion que por despido injustificado: 3 meses de salario (Art. 48) + 20 dias por ano de servicios (Art. 50) + prima de antiguedad (Art. 162).
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La rescision por culpa del patron (conocida como 'despido indirecto' o 'retiro justificado') otorga al trabajador los mismos derechos economicos que un despido injustificado. Las causas mas frecuentes en la practica son: (1) reduccion de salario (fraccion IV), comun en reestructuraciones empresariales; (2) falta de pago oportuno (fraccion V); (3) hostigamiento o acoso sexual (fraccion II); (4) condiciones inseguras de trabajo (fraccion VII). El trabajador debe separarse del empleo dentro de los 30 dias siguientes a la fecha en que tenga conocimiento de la causa de rescision. Es fundamental que el trabajador documente las causas (correos, mensajes, testigos, fotografias) antes de separarse, pues la carga de la prueba le corresponde a el.
Art. 47. Causas de rescision sin responsabilidad para el patron
Enumera las causas por las cuales el patron puede despedir justificadamente a un trabajador sin responsabilidad de pago de indemnizacion: engano, faltas de probidad, violencia, dano intencional, negligencia grave, actos inmorales, revelar secretos, mas de tres faltas injustificadas en 30 dias, entre otras.
Art. 48. Acciones del trabajador ante despido injustificado
Establece que el trabajador despedido injustificadamente puede solicitar ante el Tribunal, a su eleccion, la reinstalacion en su trabajo o el pago de una indemnizacion de tres meses de salario, mas salarios caidos desde la fecha del despido.
Art. 50. Indemnizaciones por despido injustificado
Establece las indemnizaciones que debe pagar el patron cuando el trabajador opta por la indemnizacion en lugar de la reinstalacion: 3 meses de salario mas 20 dias de salario por cada ano de servicios prestados, ademas de la prima de antiguedad.
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