LFT

Artículo 71. Descanso dominical y prima dominical del 25%

Establece que en los reglamentos de esta ley se procurara que el dia de descanso semanal sea el domingo. Los trabajadores que presten servicio en dia domingo tendran derecho a una prima adicional de un 25% sobre el salario de los dias ordinarios de trabajo.

prima-dominicaldomingodescanso-semanalveinticinco-porcientonomina

Texto Legal

Articulo 71 - Prima Dominical

En los reglamentos de esta Ley se procurara que el dia de descanso semanal sea el domingo.

Los trabajadores que presten servicio en dia domingo tendran derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los dias ordinarios de trabajo.

Calculo de la prima dominical

```
Prima dominical = Salario diario x 25%
```

Ejemplo practico

| Concepto | Trabajador con salario de $500/dia |
|----------|-----------------------------------|
| Salario ordinario del domingo | $500 |
| Prima dominical (25%) | $125 |
| Total por trabajar en domingo | $625 |

Importante: cuando aplica y cuando no

| Situacion | Aplica prima dominical? |
|-----------|------------------------|
| Trabajador de L-V que labora domingo extra | Si (ademas del triple por dia de descanso) |
| Trabajador que descansa entre semana y trabaja domingos ordinariamente | Si (25% adicional por cada domingo) |
| Trabajador cuyo dia de descanso es domingo y NO trabaja | No (goza de su descanso) |

Aspectos fiscales

La prima dominical esta exenta de ISR para el trabajador hasta el equivalente de una UMA por cada domingo trabajado. El excedente es gravable.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La prima dominical del 25% es una prestacion que frecuentemente se omite en la nomina, especialmente en sectores como restaurantes, comercio y servicios donde el trabajo dominical es habitual. Los tribunales han sostenido que la prima dominical aplica siempre que el trabajador labore en domingo, independientemente de que su dia de descanso sea otro dia de la semana. Esto significa que un trabajador con descanso el martes que trabaja domingos tiene derecho a la prima dominical por cada domingo laborado. La exencion fiscal es de una UMA por domingo ($113.14 en 2025), y el excedente forma parte del ingreso gravable. Para efectos del CFDI de nomina, la prima dominical debe registrarse con su clave especifica del catalogo SAT.

Herramientas Relacionadas

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 71 del LFT?

Establece que en los reglamentos de esta ley se procurara que el dia de descanso semanal sea el domingo. Los trabajadores que presten servicio en dia domingo tendran derecho a una prima adicional de un 25% sobre el salario de los dias ordinarios de trabajo.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 71 de la Ley del Trabajo?

La prima dominical del 25% es una prestacion que frecuentemente se omite en la nomina, especialmente en sectores como restaurantes, comercio y servicios donde el trabajo dominical es habitual. Los tribunales han sostenido que la prima dominical aplica siempre que el trabajador labore en domingo, independientemente de que su dia de descanso sea otro dia de la semana. Esto significa que un trabajador con descanso el martes que trabaja domingos tiene derecho a la prima dominical por cada domingo laborado. La exencion fiscal es de una UMA por domingo ($113.14 en 2025), y el excedente forma parte del ingreso gravable. Para efectos del CFDI de nomina, la prima dominical debe registrarse con su clave especifica del catalogo SAT.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 71 LFT?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 71 del LFT, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de Nomina. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 71 del LFT?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo