LFT

Artículo 74. Dias de descanso obligatorio

Establece los dias de descanso obligatorio en Mexico: 1 de enero, primer lunes de febrero (Constitucion), tercer lunes de marzo (Natalicio de Juarez), 1 de mayo, 16 de septiembre, primer lunes de octubre, 20 de noviembre, 1 de diciembre cada 6 anos, 25 de diciembre, y el dia de elecciones.

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Texto Legal

Articulo 74 - Dias de Descanso Obligatorio

Son dias de descanso obligatorio:

| Fecha | Conmemoracion |
|-------|---------------|
| 1 de enero | Ano Nuevo |
| Primer lunes de febrero | Dia de la Constitucion Mexicana |
| Tercer lunes de marzo | Natalicio de Benito Juarez |
| 1 de mayo | Dia del Trabajo |
| 16 de septiembre | Dia de la Independencia |
| Primer lunes de octubre | Transicion del Poder Ejecutivo Federal |
| 20 de noviembre | Dia de la Revolucion Mexicana |
| 1 de octubre de cada seis anos | Transmision del Poder Ejecutivo Federal (cuando corresponda) |
| 25 de diciembre | Navidad |
| Dia de elecciones | Jornada electoral ordinaria (Art. 132, frac. IX) |

Pago por trabajar en dia de descanso obligatorio

Los trabajadores que presten servicios en un dia de descanso obligatorio tendran derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado (Art. 75).

Es decir, en total reciben el triple de su salario diario.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

En Mexico existen al menos 7 dias de descanso obligatorio fijos al ano (mas el dia de elecciones cuando aplica). Si un trabajador labora en dia de descanso obligatorio, debe recibir triple salario (su salario normal + doble). Es importante distinguir entre 'dias de descanso obligatorio' (Art. 74) y 'dias de descanso semanal' (Art. 69, al menos un dia a la semana). Ambos tienen reglas de pago diferentes si se trabaja en ellos. Para efectos de nomina y planeacion, el departamento de RRHH debe programar con anticipacion estos dias y tener claro el esquema de pago para quienes laboren.

Herramientas Relacionadas

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 74 del LFT?

Establece los dias de descanso obligatorio en Mexico: 1 de enero, primer lunes de febrero (Constitucion), tercer lunes de marzo (Natalicio de Juarez), 1 de mayo, 16 de septiembre, primer lunes de octubre, 20 de noviembre, 1 de diciembre cada 6 anos, 25 de diciembre, y el dia de elecciones.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 74 de la Ley del Trabajo?

En Mexico existen al menos 7 dias de descanso obligatorio fijos al ano (mas el dia de elecciones cuando aplica). Si un trabajador labora en dia de descanso obligatorio, debe recibir triple salario (su salario normal + doble). Es importante distinguir entre 'dias de descanso obligatorio' (Art. 74) y 'dias de descanso semanal' (Art. 69, al menos un dia a la semana). Ambos tienen reglas de pago diferentes si se trabaja en ellos. Para efectos de nomina y planeacion, el departamento de RRHH debe programar con anticipacion estos dias y tener claro el esquema de pago para quienes laboren.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 74 LFT?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 74 del LFT, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de Nomina. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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