LISR

Artículo 120. Ingresos por enajenación de bienes

Define qué se considera ingreso por enajenación de bienes para personas físicas y establece el concepto de ganancia como la diferencia entre el ingreso obtenido y las deducciones autorizadas (costo de adquisición actualizado, inversiones, gastos notariales, impuestos pagados y comisiones).

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Texto Legal

Artículo 120 — Ingresos por Enajenación de Bienes

Se consideran ingresos por enajenación de bienes, los que deriven de los casos previstos en el Código Fiscal de la Federación (artículo 14 CFF), incluyendo:

- Toda transmisión de propiedad, aun cuando el enajenante se reserve el dominio del bien enajenado
- Las adjudicaciones, aun cuando se realicen a favor del acreedor
- La aportación a una sociedad o asociación
- La que se realiza mediante arrendamiento financiero
- La que se realiza a través de fideicomiso

Ganancia en enajenación

La ganancia por la enajenación de bienes se determina como la diferencia entre:

> Ganancia = Ingreso por enajenación − Deducciones autorizadas (Art. 121)

Base del impuesto

Los contribuyentes que obtengan ingresos por enajenación de bienes podrán efectuar las deducciones a que se refiere el artículo 121 de esta Ley.

Pago provisional

El pago provisional se calcula aplicando la tarifa del artículo 96 a la ganancia obtenida, de acuerdo a las reglas del artículo 126.

Exenciones

Están exentos del ISR, conforme al artículo 93 fracción XIX:

- La enajenación de casa habitación hasta por 700,000 UDIS (aproximadamente $5,500,000 en 2026)
- La enajenación de bienes muebles hasta por un monto equivalente a 3 veces la UMA anualizada
- La enajenación por causa de muerte (herencia)

Enajenación de inmuebles

Tratándose de la enajenación de bienes inmuebles, el pago provisional se realizará mediante declaración ante el notario público que formalice la operación, quien lo enterará al fisco dentro de los 15 días siguientes a la firma de la escritura.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La enajenación de bienes, especialmente inmuebles, es una de las operaciones con mayor impacto fiscal para personas físicas. En SDV realizamos un análisis previo a la venta para: (1) determinar el costo fiscal actualizado del bien (que puede ser significativamente mayor al costo original por la actualización inflacionaria), (2) verificar si aplica la exención de casa habitación (700,000 UDIS), (3) calcular el ISR estimado que retendrá el notario, y (4) evaluar si conviene diferir la operación al siguiente ejercicio por temas de acumulación. La planeación patrimonial es esencial: una venta mal estructurada puede generar un ISR innecesariamente alto.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 120 del LISR?

Define qué se considera ingreso por enajenación de bienes para personas físicas y establece el concepto de ganancia como la diferencia entre el ingreso obtenido y las deducciones autorizadas (costo de adquisición actualizado, inversiones, gastos notariales, impuestos pagados y comisiones).

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 120 de la Ley del ISR?

La enajenación de bienes, especialmente inmuebles, es una de las operaciones con mayor impacto fiscal para personas físicas. En SDV realizamos un análisis previo a la venta para: (1) determinar el costo fiscal actualizado del bien (que puede ser significativamente mayor al costo original por la actualización inflacionaria), (2) verificar si aplica la exención de casa habitación (700,000 UDIS), (3) calcular el ISR estimado que retendrá el notario, y (4) evaluar si conviene diferir la operación al siguiente ejercicio por temas de acumulación. La planeación patrimonial es esencial: una venta mal estructurada puede generar un ISR innecesariamente alto.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 120 LISR?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 120 del LISR, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora ISR. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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