LISR

Artículo 132. Ingresos por adquisición de bienes

Define los conceptos que se consideran ingresos por adquisición de bienes para personas físicas: donaciones no exentas, tesoros, adquisiciones por prescripción, diferencias entre avalúo y precio pactado, y construcciones en terrenos ajenos. Establece el ISR como pago definitivo del 20% sobre el ingreso.

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Texto Legal

Artículo 132 — Ingresos por Adquisición de Bienes (Capítulo V)

Se consideran ingresos por adquisición de bienes:

I. La donación que no esté exenta conforme al artículo 93 fracción XXIII (donaciones entre cónyuges, ascendientes y descendientes están exentas).

II. Los tesoros.

III. La adquisición por prescripción (usucapión).

IV. Los supuestos señalados en los artículos 153, 154 y 155 del Código Civil Federal.

V. Las construcciones, instalaciones o mejoras permanentes en bienes inmuebles que, de conformidad con los contratos por los que se otorgó su uso o goce temporal, queden a beneficio del propietario. El ingreso se entiende obtenido al término del contrato.

VI. La diferencia entre el avalúo practicado por personas autorizadas y el precio pactado en la enajenación de un bien, cuando sea superior al 10% del precio de enajenación.

Base del impuesto

El ingreso será la cantidad que resulte de la operación a que se refiere cada fracción, disminuida de las deducciones que en su caso procedan.

Pago provisional

El pago provisional se determinará aplicando la tasa del 20% sobre el ingreso percibido, sin deducción alguna. Este pago tiene el carácter de pago provisional a cuenta del impuesto anual.

Declaración anual

En la declaración anual, el contribuyente acumulará los ingresos por adquisición de bienes con los demás ingresos y aplicará la tarifa del artículo 152, acreditando el pago provisional del 20%.

Prescripción positiva (usucapión)

Es común que al obtener un inmueble por prescripción positiva, el beneficiario no considere que se trata de un ingreso gravable. La ley es clara: la adquisición por prescripción genera un ingreso equivalente al valor del bien adquirido.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Los ingresos por adquisición de bienes son poco comunes pero pueden generar cargas fiscales significativas. En SDV hemos asesorado en casos de prescripción positiva de inmuebles, donde el ingreso gravable es el valor total del inmueble adquirido. También es relevante la fracción VI: cuando el SAT detecta que el avalúo de un inmueble supera en más del 10% al precio pactado en la escritura, puede determinar un ingreso presunto por la diferencia, tanto para el adquirente como para el enajenante. Es fundamental que los precios de las operaciones inmobiliarias sean congruentes con los valores de mercado.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 132 del LISR?

Define los conceptos que se consideran ingresos por adquisición de bienes para personas físicas: donaciones no exentas, tesoros, adquisiciones por prescripción, diferencias entre avalúo y precio pactado, y construcciones en terrenos ajenos. Establece el ISR como pago definitivo del 20% sobre el ingreso.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 132 de la Ley del ISR?

Los ingresos por adquisición de bienes son poco comunes pero pueden generar cargas fiscales significativas. En SDV hemos asesorado en casos de prescripción positiva de inmuebles, donde el ingreso gravable es el valor total del inmueble adquirido. También es relevante la fracción VI: cuando el SAT detecta que el avalúo de un inmueble supera en más del 10% al precio pactado en la escritura, puede determinar un ingreso presunto por la diferencia, tanto para el adquirente como para el enajenante. Es fundamental que los precios de las operaciones inmobiliarias sean congruentes con los valores de mercado.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 132 LISR?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 132 del LISR, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora ISR. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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