LISR

Artículo 142. Otros ingresos de personas físicas (Capítulo IX)

Enlista los ingresos que personas físicas deben acumular cuando no encajan en otro capítulo del Título IV: deudas perdonadas, ganancia cambiaria, indemnizaciones por daños, ingresos de planes de retiro excedentes, loterías y sorteos no exentos, operaciones financieras derivadas y otros.

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Texto Legal

Artículo 142 — Demás Ingresos de Personas Físicas

Se entiende que, entre otros, son ingresos en los términos de este Capítulo (Capítulo IX — De los Demás Ingresos):

I. El importe de las deudas perdonadas por el acreedor o pagadas por otra persona.

II. La ganancia cambiaria y los intereses que no se consideren como ingreso conforme al capítulo de intereses.

III. Las prestaciones que se obtengan con motivo del otorgamiento de fianzas o avales, cuando no se presten como actividad empresarial o profesional.

IV. Los procedentes de toda clase de inversiones hechas en sociedades residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país, cuando no se trate de los dividendos a que se refiere el artículo 140.

V. Los dividendos o utilidades que distribuyan residentes en el extranjero.

VI. Los derivados de actos o actividades de los que perciban quienes no estén obligados a presentar declaración.

VII. Los que perciban en concepto de indemnización por perjuicios o la cláusula penal que cubra el deudor al acreedor.

VIII. Los ingresos provenientes de operaciones financieras derivadas a que se refiere el artículo 16-A del CFF.

IX. Los ingresos provenientes de planes personales de retiro o de la subcuenta de aportaciones voluntarias cuando se retiren antes de cumplir los requisitos de permanencia.

X. Los que se obtengan por explotación de derechos de autor que no estén considerados como ingresos por actividades empresariales.

XIII. Los provenientes de las regalías a que se refiere el artículo 7 de esta Ley.

Pago provisional

Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo efectuarán pagos provisionales aplicando la tasa del 20% sobre el ingreso percibido, sin deducción alguna, a cuenta del impuesto anual.

Acumulación en declaración anual

Los ingresos de este Capítulo se suman a los demás ingresos acumulables y se aplica la tarifa del artículo 152.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El capítulo de 'demás ingresos' es el cajón de sastre del ISR para personas físicas: todo ingreso que no encaje en los capítulos I a VIII se grava aquí. En SDV vemos con frecuencia la fracción I (deudas perdonadas), que puede surgir cuando un contribuyente deja de pagar un crédito y el banco lo condona — esa condonación es ingreso gravable. También es relevante la fracción IX (retiros anticipados de planes de retiro), donde se pierde el beneficio fiscal de la deducción personal si no se cumplen los requisitos de permanencia. El pago provisional del 20% sin deducciones puede resultar excesivo, pero se ajusta en la declaración anual.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 142 del LISR?

Enlista los ingresos que personas físicas deben acumular cuando no encajan en otro capítulo del Título IV: deudas perdonadas, ganancia cambiaria, indemnizaciones por daños, ingresos de planes de retiro excedentes, loterías y sorteos no exentos, operaciones financieras derivadas y otros.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 142 de la Ley del ISR?

El capítulo de 'demás ingresos' es el cajón de sastre del ISR para personas físicas: todo ingreso que no encaje en los capítulos I a VIII se grava aquí. En SDV vemos con frecuencia la fracción I (deudas perdonadas), que puede surgir cuando un contribuyente deja de pagar un crédito y el banco lo condona — esa condonación es ingreso gravable. También es relevante la fracción IX (retiros anticipados de planes de retiro), donde se pierde el beneficio fiscal de la deducción personal si no se cumplen los requisitos de permanencia. El pago provisional del 20% sin deducciones puede resultar excesivo, pero se ajusta en la declaración anual.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 142 LISR?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 142 del LISR, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora ISR. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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