LISR

Artículo 36. Deducción de automóviles y límites

Establece las limitaciones específicas para la deducción de inversiones en automóviles: tope de $175,000 para vehículos de combustión y $250,000 para híbridos y eléctricos. Incluye reglas sobre arrendamiento de automóviles, cuotas de peaje y gastos de mantenimiento.

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Texto Legal

Artículo 36 — Deducción de Automóviles

La deducción de las inversiones en automóviles se sujetará a las siguientes reglas:

I. Tope de inversión deducible

Las inversiones en automóviles solo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00 (ciento setenta y cinco mil pesos).

Tratándose de automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como los automóviles eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno, el monto deducible será de hasta $250,000.00.

II. Arrendamiento de automóviles

Las inversiones en automóviles dados en arrendamiento solo serán deducibles cuando el arrendamiento sea una actividad preponderante del contribuyente. En caso contrario, la deducción por arrendamiento no podrá exceder de $200.00 diarios por automóvil ($6,100 mensuales aprox.), o de $285.00 diarios para vehículos eléctricos o híbridos.

III. Gastos de mantenimiento

Los gastos de mantenimiento y reparación de automóviles serán deducibles cuando se relacionen con automóviles que sean estrictamente indispensables para la actividad del contribuyente.

Proporcionalidad

Cuando el automóvil se utilice también para fines personales del contribuyente (uso mixto), la deducción se efectuará en la proporción que represente el uso para fines empresariales o profesionales.

Ejemplo de cálculo

| Concepto | Combustión | Eléctrico |
|---|---|---|
| Precio del automóvil | $400,000 | $500,000 |
| MOI deducible máximo | $175,000 | $250,000 |
| Depreciación anual (25%) | $43,750 | $62,500 |
| Monto no deducible | $225,000 | $250,000 |
| Años para deducir | 4 años | 4 años |

IVA proporcional

El IVA pagado en la adquisición del automóvil solo será acreditable en la proporción que el MOI deducible represente del precio total del vehículo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La deducción de automóviles es uno de los temas más consultados en SDV. El tope de $175,000 no se ha actualizado en años y resulta muy bajo para el mercado actual. Recomendamos a nuestros clientes considerar vehículos eléctricos o híbridos por el beneficio fiscal del tope de $250,000, que además se complementa con el estímulo fiscal de no pagar ISAN. Para empresas con flotilla vehicular, el esquema de arrendamiento financiero puede ser más eficiente que la compra directa, aunque se aplican las mismas limitaciones del MOI deducible.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del LISR?

Establece las limitaciones específicas para la deducción de inversiones en automóviles: tope de $175,000 para vehículos de combustión y $250,000 para híbridos y eléctricos. Incluye reglas sobre arrendamiento de automóviles, cuotas de peaje y gastos de mantenimiento.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 36 de la Ley del ISR?

La deducción de automóviles es uno de los temas más consultados en SDV. El tope de $175,000 no se ha actualizado en años y resulta muy bajo para el mercado actual. Recomendamos a nuestros clientes considerar vehículos eléctricos o híbridos por el beneficio fiscal del tope de $250,000, que además se complementa con el estímulo fiscal de no pagar ISAN. Para empresas con flotilla vehicular, el esquema de arrendamiento financiero puede ser más eficiente que la compra directa, aunque se aplican las mismas limitaciones del MOI deducible.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 36 LISR?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 36 del LISR, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora ISR. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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