LISR

Artículo 58. Coeficiente de utilidad

Establece las reglas para la determinación del coeficiente de utilidad que se utiliza en los pagos provisionales de personas morales. Define el procedimiento de cálculo del coeficiente y las reglas aplicables cuando no existe coeficiente de ejercicios anteriores.

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Texto Legal

Artículo 58 — Coeficiente de Utilidad

El coeficiente de utilidad a que se refiere el artículo 14 de esta Ley, se determinará conforme a las siguientes reglas:

Determinación del coeficiente

El coeficiente de utilidad se calcula dividiendo la utilidad fiscal del ejercicio de que se trate entre los ingresos nominales del mismo ejercicio:

> Coeficiente de utilidad = Utilidad fiscal ÷ Ingresos nominales

Utilidad fiscal para el coeficiente

La utilidad fiscal que se utilizará será la obtenida en el último ejercicio de doce meses por el que se hubiera o debió haberse presentado declaración.

Cuando hay pérdida fiscal

Cuando en el último ejercicio de doce meses no resulte coeficiente de utilidad (porque hubo pérdida fiscal), se aplicará el coeficiente correspondiente al último ejercicio de doce meses por el que se tenga dicho coeficiente, sin que ese ejercicio sea anterior en más de cinco años a aquel por el que se deban efectuar los pagos provisionales.

Primer ejercicio

Los contribuyentes que inicien operaciones, durante el primer ejercicio fiscal no tendrán coeficiente de utilidad. A partir del segundo ejercicio aplicarán el coeficiente resultante del primero.

Ingresos nominales

Para los efectos de este artículo se consideran ingresos nominales los ingresos acumulables, excepto el ajuste anual por inflación acumulable. Tratándose de créditos o préstamos otorgados por instituciones de crédito, se consideran ingresos nominales los intereses devengados a favor.

Impacto en pagos provisionales

Un coeficiente de utilidad alto genera pagos provisionales más elevados durante todo el ejercicio. Cuando el contribuyente estima que el coeficiente resulta excesivo, puede solicitar autorización para reducirlo a partir del segundo semestre del ejercicio (artículo 14, penúltimo párrafo).

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El coeficiente de utilidad es clave para la administración del flujo de efectivo fiscal de las personas morales. En SDV monitoreamos este indicador continuamente: un coeficiente alto en un ejercicio con utilidad menor puede generar pagos provisionales excesivos y problemas de liquidez. Recomendamos solicitar la reducción del coeficiente ante el SAT cuando se prevé que la utilidad del ejercicio será significativamente menor a la del ejercicio base. Técnicamente, el coeficiente se aplica sobre los ingresos nominales acumulados, por lo que un ingreso extraordinario en un mes puede incrementar desproporcionadamente el pago provisional de ese periodo.

Herramientas Relacionadas

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 58 del LISR?

Establece las reglas para la determinación del coeficiente de utilidad que se utiliza en los pagos provisionales de personas morales. Define el procedimiento de cálculo del coeficiente y las reglas aplicables cuando no existe coeficiente de ejercicios anteriores.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 58 de la Ley del ISR?

El coeficiente de utilidad es clave para la administración del flujo de efectivo fiscal de las personas morales. En SDV monitoreamos este indicador continuamente: un coeficiente alto en un ejercicio con utilidad menor puede generar pagos provisionales excesivos y problemas de liquidez. Recomendamos solicitar la reducción del coeficiente ante el SAT cuando se prevé que la utilidad del ejercicio será significativamente menor a la del ejercicio base. Técnicamente, el coeficiente se aplica sobre los ingresos nominales acumulados, por lo que un ingreso extraordinario en un mes puede incrementar desproporcionadamente el pago provisional de ese periodo.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 58 LISR?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 58 del LISR, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora ISR. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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