LISR

Artículo 9. Tasa del ISR para personas morales (30%)

Establece que las personas morales deben calcular el ISR aplicando la tasa del 30% al resultado fiscal del ejercicio. Define cómo se determina el resultado fiscal y la utilidad fiscal, así como el procedimiento para la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU).

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Texto Legal

Artículo 9 — Tasa del ISR para Personas Morales

Las personas morales deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 30%.

Determinación del resultado fiscal

El resultado fiscal del ejercicio se determinará como sigue:

I. Se obtendrá la utilidad fiscal disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio, las deducciones autorizadas por este Título y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

II. A la utilidad fiscal del ejercicio se le disminuirán, en su caso, las pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores.

Resultado fiscal

El resultado fiscal es la base sobre la cual se aplica la tasa del 30%.

> Resultado Fiscal = Utilidad Fiscal − Pérdidas Fiscales de Ejercicios Anteriores

Participación de los trabajadores en las utilidades (PTU)

La renta gravable para la determinación de la PTU, a que se refiere el inciso e) de la fracción IX del artículo 123, apartado A de la Constitución, será la utilidad fiscal señalada en la fracción I de este artículo.

Para determinar la renta gravable, no se disminuirá la PTU pagada en el ejercicio ni las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.

Fórmula resumida

| Concepto | |
|---|---|
| Total de ingresos acumulables | + |
| (−) Deducciones autorizadas (Título II) | − |
| (−) PTU pagada en el ejercicio | − |
| = Utilidad fiscal | |
| (−) Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores | − |
| = Resultado fiscal | |
| (×) Tasa 30% | × |
| = ISR del ejercicio | |

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La tasa del 30% se ha mantenido constante desde 2014. Es fundamental verificar que todos los ingresos acumulables estén correctamente identificados y que las deducciones cumplan con los requisitos del artículo 27. Recuerde que la PTU pagada se resta antes de aplicar pérdidas fiscales, lo que puede impactar significativamente la base gravable. En SDV recomendamos planificar el aprovechamiento de pérdidas fiscales antes de que prescriba el plazo de 10 años del artículo 57.

Herramientas Relacionadas

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LISR?

Establece que las personas morales deben calcular el ISR aplicando la tasa del 30% al resultado fiscal del ejercicio. Define cómo se determina el resultado fiscal y la utilidad fiscal, así como el procedimiento para la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU).

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la Ley del ISR?

La tasa del 30% se ha mantenido constante desde 2014. Es fundamental verificar que todos los ingresos acumulables estén correctamente identificados y que las deducciones cumplan con los requisitos del artículo 27. Recuerde que la PTU pagada se resta antes de aplicar pérdidas fiscales, lo que puede impactar significativamente la base gravable. En SDV recomendamos planificar el aprovechamiento de pérdidas fiscales antes de que prescriba el plazo de 10 años del artículo 57.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 9 LISR?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 9 del LISR, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora ISR, Calculadora PTU. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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