LIVA

Artículo 12. Momento de causacion en uso o goce temporal de bienes

Establece cuando se considera efectuado el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes en territorio nacional para efectos del IVA, y el momento en que se causa el impuesto. El IVA se causa conforme se cobren las contraprestaciones (rentas) correspondientes al uso o goce temporal.

uso-goce-temporalarrendamientobienes-tangiblesbienes-intangiblesrentaslicencias

Texto Legal

Articulo 12 - Uso o goce temporal de bienes

Para los efectos de esta Ley, se entendera que se concede el uso o goce temporal de un bien tangible en territorio nacional, cuando en este se encuentre el bien en el momento de su entrega material a quien va a realizar su uso o goce.

Bienes tangibles

Tratandose de bienes tangibles:

- Se considera que el uso o goce temporal se otorga en Mexico cuando el bien se encuentra fisicamente en territorio nacional al momento de su entrega.
- El IVA se causa conforme se cobren efectivamente las contraprestaciones (rentas, pagos periodicos).

Bienes intangibles

Tratandose de bienes intangibles:

- Se considerara que el uso o goce temporal se realiza en Mexico cuando el bien intangible se utilice en el pais.
- Incluye: marcas, patentes, derechos de autor, software, licencias, nombres comerciales, franquicias.

Momento de causacion

El IVA se causa en el momento en que efectivamente se cobren las contraprestaciones, aplicando el principio de flujo de efectivo:

- En arrendamiento, al cobro de cada renta mensual.
- En licencias de uso de intangibles, al cobro de cada regalía.
- En pagos anticipados, al momento de cobrarlos.

Arrendamiento financiero

En el caso de arrendamiento financiero, se considera que existe enajenacion y no uso o goce temporal, conforme a lo dispuesto en el articulo 7 de esta Ley. Por lo tanto, el IVA se causa conforme a las reglas de enajenacion.

Pagos en especie

Cuando las contraprestaciones se paguen en especie (bienes o servicios), se considerara el valor de mercado de los bienes o servicios como base del impuesto.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo tiene relevancia practica directa en arrendamiento inmobiliario y de equipo. Los arrendadores deben causar el IVA conforme cobran las rentas, no al momento de celebrar el contrato. Si un inquilino se atrasa en sus pagos, el arrendador no causa IVA hasta que efectivamente cobre. Es importante distinguir entre arrendamiento financiero (que se trata como enajenacion) y arrendamiento puro u operativo (que se trata como uso o goce temporal). Esto tiene implicaciones significativas en el momento de causacion y en la base gravable del IVA.

Herramientas Relacionadas

Recursos Relacionados

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 12 del LIVA?

Establece cuando se considera efectuado el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes en territorio nacional para efectos del IVA, y el momento en que se causa el impuesto. El IVA se causa conforme se cobren las contraprestaciones (rentas) correspondientes al uso o goce temporal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 12 de la Ley del IVA?

Este articulo tiene relevancia practica directa en arrendamiento inmobiliario y de equipo. Los arrendadores deben causar el IVA conforme cobran las rentas, no al momento de celebrar el contrato. Si un inquilino se atrasa en sus pagos, el arrendador no causa IVA hasta que efectivamente cobre. Es importante distinguir entre arrendamiento financiero (que se trata como enajenacion) y arrendamiento puro u operativo (que se trata como uso o goce temporal). Esto tiene implicaciones significativas en el momento de causacion y en la base gravable del IVA.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 12 LIVA?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 12 del LIVA, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de IVA. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 12 del LIVA?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo