LIVA

Artículo 24. Supuestos de importacion gravados con IVA

Enumera los supuestos que se consideran importacion de bienes o servicios para efectos del IVA. Incluye la introduccion de bienes al pais, la adquisicion de intangibles de extranjeros, el uso o goce temporal de bienes de residentes en el extranjero y el aprovechamiento en Mexico de servicios prestados por no residentes.

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Texto Legal

Articulo 24 - Importaciones gravadas

Para los efectos de esta Ley, se considera importacion de bienes o de servicios:

Importacion de bienes tangibles

- I. La introduccion al pais de bienes extranjeros.
- II. La adquisicion por personas residentes en el pais de bienes intangibles enajenados por personas residentes en el extranjero.
- III. El uso o goce temporal, en territorio nacional, de bienes intangibles proporcionados por personas residentes en el extranjero.
- IV. El uso o goce temporal, en territorio nacional, de bienes tangibles cuya entrega material se hubiera efectuado en el extranjero.
- V. El aprovechamiento en territorio nacional de los servicios a que se refiere el articulo 14, cuando se presten por no residentes en el pais.

Supuestos especificos

Se considera que se efectua la importacion de bienes o servicios:

En territorio nacional cuando:

- El bien se introduce fisicamente al pais por cualquier medio de transporte.
- Se adquieren derechos de propiedad intelectual o industrial de un residente en el extranjero.
- Se utiliza software, tecnologia o servicios digitales provistos desde el extranjero.
- Se contratan servicios de asesoria, consultoria, diseno, ingenieria u otros desde el exterior, cuyo aprovechamiento se realiza en Mexico.

Importacion por aduana

Tratandose de bienes tangibles, la importacion se realiza conforme a las disposiciones de la Ley Aduanera:

- Importacion definitiva: Los bienes permanecen en el pais de forma indefinida.
- Importacion temporal: Los bienes ingresan al pais por tiempo limitado para un fin especifico (transformacion, reparacion, exhibicion).

Obligados al pago

Estan obligados al pago del IVA en importaciones:

1. Las personas que introduzcan bienes al territorio nacional.
2. Las personas que adquieran bienes intangibles de residentes en el extranjero.
3. Las personas que aprovechen en Mexico servicios prestados por no residentes.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo define exhaustivamente que constituye una importacion gravada. Es particularmente relevante para empresas que contratan servicios del extranjero: consultoria internacional, licencias de software, servicios en la nube, publicidad digital, etc. Muchas empresas omiten autodeterminar el IVA en la importacion de servicios intangibles, lo cual constituye una contingencia fiscal importante. El SAT ha intensificado la fiscalizacion de pagos al extranjero para verificar el correcto cumplimiento del IVA en importacion de servicios. La importacion temporal es relevante para empresas IMMEX y maquiladoras.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 24 del LIVA?

Enumera los supuestos que se consideran importacion de bienes o servicios para efectos del IVA. Incluye la introduccion de bienes al pais, la adquisicion de intangibles de extranjeros, el uso o goce temporal de bienes de residentes en el extranjero y el aprovechamiento en Mexico de servicios prestados por no residentes.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 24 de la Ley del IVA?

Este articulo define exhaustivamente que constituye una importacion gravada. Es particularmente relevante para empresas que contratan servicios del extranjero: consultoria internacional, licencias de software, servicios en la nube, publicidad digital, etc. Muchas empresas omiten autodeterminar el IVA en la importacion de servicios intangibles, lo cual constituye una contingencia fiscal importante. El SAT ha intensificado la fiscalizacion de pagos al extranjero para verificar el correcto cumplimiento del IVA en importacion de servicios. La importacion temporal es relevante para empresas IMMEX y maquiladoras.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 24 LIVA?

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