LIVA

Artículo 31. Reglas especiales para exportacion de servicios

Complementa las reglas de exportacion de bienes y servicios, estableciendo disposiciones especiales para que los servicios prestados a residentes en el extranjero se consideren exportacion y puedan gravarse a tasa 0%. Incluye requisitos documentales especificos y precisiones sobre el aprovechamiento en el extranjero.

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Texto Legal

Articulo 31 - Exportacion de servicios

Tratandose de los supuestos previstos en los articulos 29, fracciones IV, V, VI y VII de esta Ley, el contribuyente debera cumplir con los requisitos adicionales que establezca el Reglamento de esta Ley para considerar que los servicios son exportados.

Requisitos para exportacion de servicios

Para que los servicios se consideren exportados y se aplique la tasa del 0%, se debera:

- I. Que los servicios se presten a residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en Mexico.
- II. Que el aprovechamiento del servicio se lleve a cabo totalmente en el extranjero.
- III. Que el pago del servicio se realice mediante transferencia electronica de fondos, cheques o cualquier medio bancario que permita identificar al beneficiario.
- IV. Que se emita el CFDI correspondiente a la operacion de exportacion.

Servicios de maquila (IMMEX)

Los servicios de maquila prestados a empresas del extranjero bajo programas IMMEX se consideran exportacion siempre que:

- La materia prima o insumos sean proporcionados por el residente en el extranjero.
- Los productos terminados se exporten o sean entregados al residente en el extranjero.
- Se cuente con el contrato de maquila vigente.

Servicios de tecnologia

Los servicios de tecnologias de la informacion (desarrollo de software, procesamiento de datos, servicios en la nube) prestados a clientes en el extranjero se consideran exportacion cuando:

- El cliente sea residente fiscal en el extranjero.
- El aprovechamiento del servicio se realice fuera de Mexico.
- Se documente la relacion comercial con contrato.

Hoteleria para congresos

Los servicios de hoteleria y conexos prestados a turistas extranjeros participantes en congresos, convenciones, exposiciones y ferias se gravan a tasa 0% cuando:

- El turista compruebe su residencia en el extranjero.
- El evento este registrado conforme a las disposiciones aplicables.
- Se emita CFDI con los datos de la operacion.

Evidencia del aprovechamiento en el extranjero

El contribuyente debera conservar la documentacion que demuestre que los servicios fueron aprovechados en el extranjero, lo cual puede incluir:

- Contratos con clientes extranjeros.
- Correspondencia y entregables que demuestren la prestacion del servicio.
- Comprobantes de pago recibidos del extranjero.
- Declaraciones informativas de pagos recibidos del extranjero.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La exportacion de servicios es un area de creciente importancia economica para Mexico, especialmente en tecnologia, call centers y servicios profesionales. El requisito mas debatido es el 'aprovechamiento en el extranjero': el servicio debe aprovecharse fuera de Mexico para aplicar tasa 0%. Si un servicio se presta a un extranjero pero se aprovecha en Mexico (por ejemplo, una consultoria sobre operaciones mexicanas), no calificaria como exportacion. Las empresas de software y TI deben documentar cuidadosamente que sus servicios se aprovechan fuera del pais. El SAT ha incrementado la vigilancia sobre estas operaciones en auditorias de devolucion de saldos a favor.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 31 del LIVA?

Complementa las reglas de exportacion de bienes y servicios, estableciendo disposiciones especiales para que los servicios prestados a residentes en el extranjero se consideren exportacion y puedan gravarse a tasa 0%. Incluye requisitos documentales especificos y precisiones sobre el aprovechamiento en el extranjero.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 31 de la Ley del IVA?

La exportacion de servicios es un area de creciente importancia economica para Mexico, especialmente en tecnologia, call centers y servicios profesionales. El requisito mas debatido es el 'aprovechamiento en el extranjero': el servicio debe aprovecharse fuera de Mexico para aplicar tasa 0%. Si un servicio se presta a un extranjero pero se aprovecha en Mexico (por ejemplo, una consultoria sobre operaciones mexicanas), no calificaria como exportacion. Las empresas de software y TI deben documentar cuidadosamente que sus servicios se aprovechan fuera del pais. El SAT ha incrementado la vigilancia sobre estas operaciones en auditorias de devolucion de saldos a favor.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 31 LIVA?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 31 del LIVA, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de IVA. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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