LIVA

Artículo 36. Pagos definitivos del IVA

Reafirma que los pagos mensuales del IVA tienen caracter de definitivos y no estan sujetos a ajuste anual. A diferencia del ISR, donde los pagos provisionales se concilian en la declaracion anual, en el IVA cada pago mensual es concluyente y no existe declaracion anual de este impuesto.

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Texto Legal

Articulo 36 - Pagos definitivos

Cuando el contribuyente concentre en su domicilio fiscal varios establecimientos, para efectos de esta Ley debera considerar el total de las actividades realizadas en todos los establecimientos para determinar el impuesto del periodo en una sola declaracion.

Caracter definitivo del pago mensual

Los pagos mensuales de IVA son definitivos, lo que significa que:

- No existe declaracion anual de IVA que concilie o ajuste los pagos mensuales.
- Cada mes fiscal es independiente y concluyente.
- Los saldos a favor se tratan mes por mes, no al cierre del ejercicio.
- No hay calculo de "IVA del ejercicio" como ocurre con el ISR.

Establecimientos multiples

Cuando un contribuyente tenga varios establecimientos, sucursales o locales:

- Debera concentrar el total de actividades de todos los establecimientos en una sola declaracion mensual.
- No se presentan declaraciones separadas por establecimiento.
- La contabilidad debera identificar las actividades por cada establecimiento, pero la declaracion es unica.

Diferencias con el ISR

| Concepto | IVA | ISR |
|----------|-----|-----|
| Pagos | Definitivos mensuales | Provisionales mensuales |
| Declaracion anual | No existe | Si, ajusta provisionales |
| Periodo | Mensual | Mensual y anual |
| Saldos a favor | Se tratan cada mes | Se determinan en anual |

Implicaciones practicas

- Un error en la declaracion mensual de IVA solo se corrige mediante declaracion complementaria del mes especifico.
- No hay oportunidad de "recuperar" errores en una declaracion anual.
- Los recargos y actualizaciones corren desde el dia 18 del mes siguiente al que corresponda el pago.
- La prescripcion de cada pago mensual se computa independientemente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La naturaleza definitiva de los pagos mensuales del IVA tiene implicaciones importantes. Si un contribuyente omite acreditar IVA en un mes determinado, no puede corregirlo en meses posteriores (solo mediante declaracion complementaria del mes especifico). Igualmente, si no solicita la devolucion de un saldo a favor y deja pasar el plazo de prescripcion (5 anos), pierde definitivamente ese derecho. Es comun que contribuyentes con experiencia en ISR asuman incorrectamente que el IVA funciona de manera similar con pagos provisionales y ajuste anual. Esta confusion puede generar errores costosos en la determinacion del impuesto.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 36 del LIVA?

Reafirma que los pagos mensuales del IVA tienen caracter de definitivos y no estan sujetos a ajuste anual. A diferencia del ISR, donde los pagos provisionales se concilian en la declaracion anual, en el IVA cada pago mensual es concluyente y no existe declaracion anual de este impuesto.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 36 de la Ley del IVA?

La naturaleza definitiva de los pagos mensuales del IVA tiene implicaciones importantes. Si un contribuyente omite acreditar IVA en un mes determinado, no puede corregirlo en meses posteriores (solo mediante declaracion complementaria del mes especifico). Igualmente, si no solicita la devolucion de un saldo a favor y deja pasar el plazo de prescripcion (5 anos), pierde definitivamente ese derecho. Es comun que contribuyentes con experiencia en ISR asuman incorrectamente que el IVA funciona de manera similar con pagos provisionales y ajuste anual. Esta confusion puede generar errores costosos en la determinacion del impuesto.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 36 LIVA?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 36 del LIVA, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de IVA. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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