Reafirma que los pagos mensuales del IVA tienen caracter de definitivos y no estan sujetos a ajuste anual. A diferencia del ISR, donde los pagos provisionales se concilian en la declaracion anual, en el IVA cada pago mensual es concluyente y no existe declaracion anual de este impuesto.
Cuando el contribuyente concentre en su domicilio fiscal varios establecimientos, para efectos de esta Ley debera considerar el total de las actividades realizadas en todos los establecimientos para determinar el impuesto del periodo en una sola declaracion.
Los pagos mensuales de IVA son definitivos, lo que significa que:
- No existe declaracion anual de IVA que concilie o ajuste los pagos mensuales.
- Cada mes fiscal es independiente y concluyente.
- Los saldos a favor se tratan mes por mes, no al cierre del ejercicio.
- No hay calculo de "IVA del ejercicio" como ocurre con el ISR.
Cuando un contribuyente tenga varios establecimientos, sucursales o locales:
- Debera concentrar el total de actividades de todos los establecimientos en una sola declaracion mensual.
- No se presentan declaraciones separadas por establecimiento.
- La contabilidad debera identificar las actividades por cada establecimiento, pero la declaracion es unica.
| Concepto | IVA | ISR |
|----------|-----|-----|
| Pagos | Definitivos mensuales | Provisionales mensuales |
| Declaracion anual | No existe | Si, ajusta provisionales |
| Periodo | Mensual | Mensual y anual |
| Saldos a favor | Se tratan cada mes | Se determinan en anual |
- Un error en la declaracion mensual de IVA solo se corrige mediante declaracion complementaria del mes especifico.
- No hay oportunidad de "recuperar" errores en una declaracion anual.
- Los recargos y actualizaciones corren desde el dia 18 del mes siguiente al que corresponda el pago.
- La prescripcion de cada pago mensual se computa independientemente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La naturaleza definitiva de los pagos mensuales del IVA tiene implicaciones importantes. Si un contribuyente omite acreditar IVA en un mes determinado, no puede corregirlo en meses posteriores (solo mediante declaracion complementaria del mes especifico). Igualmente, si no solicita la devolucion de un saldo a favor y deja pasar el plazo de prescripcion (5 anos), pierde definitivamente ese derecho. Es comun que contribuyentes con experiencia en ISR asuman incorrectamente que el IVA funciona de manera similar con pagos provisionales y ajuste anual. Esta confusion puede generar errores costosos en la determinacion del impuesto.
Art. 5-D. Calculo del impuesto mensual
Establece la mecanica de calculo del IVA mensual. El impuesto se calcula por cada mes de calendario, salvo los casos de importacion. Los contribuyentes presentaran declaracion mensual a mas tardar el dia 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.
Art. 32. Obligaciones de los contribuyentes del IVA (incluye DIOT)
Enumera las obligaciones formales de los contribuyentes del IVA: llevar contabilidad, expedir CFDI con IVA desglosado, presentar declaraciones mensuales, presentar la DIOT (Declaracion Informativa de Operaciones con Terceros), separar actividades gravadas y exentas, entre otras obligaciones.
Art. 6. Tratamiento del saldo a favor del IVA
Regula el procedimiento para aplicar los saldos a favor del IVA. Establece que cuando resulte saldo a favor, el contribuyente podra acreditarlo contra el IVA a cargo de los meses siguientes hasta agotarlo, solicitar su devolucion o llevar a cabo su compensacion contra otros impuestos federales.
Art. 35. Presentacion de declaraciones del IVA
Establece las reglas generales para la presentacion de las declaraciones del IVA, incluyendo plazos, formas y supuestos en que proceden las declaraciones complementarias. Precisa que las declaraciones se presentaran por medios electronicos autorizados por el SAT.
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Art. 35. Presentacion de declaraciones del IVA
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