Establece los requisitos formales que debe contener la demanda de nulidad ante el TFJA: datos del demandante, resolución impugnada, autoridad demandada, hechos, conceptos de impugnación y pruebas ofrecidas.
La demanda deberá indicar:
I. El nombre del demandante, su domicilio fiscal y su dirección de correo electrónico, así como el nombre de su representante legal, en su caso, y el domicilio que señale para oír y recibir notificaciones dentro de la jurisdicción de la Sala Regional competente.
II. La resolución que se impugna. En el caso de que se controvierta un decreto, acuerdo, acto o resolución de carácter general, precisará la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación o en su defecto, el primer acto de aplicación.
III. La autoridad o autoridades demandadas o el nombre y domicilio del particular demandado cuando el juicio sea promovido por la autoridad administrativa.
IV. Los hechos que den motivo a la demanda.
V. Las pruebas que ofrezca. En caso de que se ofrezca prueba pericial o testimonial se precisarán los hechos sobre los que deba versar y señalarán los nombres y domicilios del perito o de los testigos. En caso de que la prueba pericial se ofrezca en los conceptos de impugnación, el demandado deberá hacer lo propio en la contestación de demanda.
VI. Los conceptos de impugnación.
VII. El nombre y domicilio del tercero interesado, cuando lo haya.
VIII. Lo que se pida, señalando en caso de solicitar una sentencia de condena, las cantidades o el derecho cuya restitución se demanda.
1. Datos del demandante: nombre, RFC, domicilio fiscal, correo electrónico
2. Resolución impugnada: identificación precisa del acto que se controvierte
3. Autoridad demandada: SAT, IMSS, INFONAVIT, Secretaría, etc.
4. Hechos: narrativa clara y cronológica
5. Pruebas ofrecidas: documentales, pericial, testimonial
6. Conceptos de impugnación: argumentos jurídicos de ilegalidad
7. Tercero interesado: si aplica
8. Prestaciones: lo que se solicita al Tribunal
El Magistrado Instructor requerirá al demandante para que en un plazo de cinco días subsane las irregularidades, con apercibimiento de tener por no presentada la demanda.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Los conceptos de impugnación (fracción VI) son el corazón de la demanda. En SDV Asesores dedicamos especial atención a construir argumentos sólidos que demuestren la ilegalidad del acto impugnado. Un error frecuente es presentar demandas con conceptos de impugnación genéricos o insuficientes. También es crítico ofrecer correctamente las pruebas desde la demanda, ya que de no hacerlo podrían declararse extemporáneas. La fracción VIII sobre la condena a cantidades líquidas es especialmente relevante en devoluciones de saldos a favor.
Art. 13. Presentación de la demanda y plazos
Establece los plazos para presentar la demanda ante el TFJA: 30 días hábiles en materia fiscal y 45 días hábiles para otros asuntos, contados a partir del día siguiente a la notificación de la resolución impugnada.
Art. 15. Documentos que acompañan a la demanda
Señala los documentos que deben adjuntarse a la demanda de nulidad, incluyendo copia de la resolución impugnada, constancia de notificación, documento que acredite la personalidad y las pruebas documentales ofrecidas.
Art. 17. Ampliación de la demanda
Regula los supuestos y el plazo para ampliar la demanda: 20 días hábiles cuando se impugnen negativas fictas, cuando se controviertan hechos nuevos de la contestación o cuando la autoridad plantee sobreseimiento.
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