LFPCA

Artículo 15. Documentos que acompañan a la demanda

Señala los documentos que deben adjuntarse a la demanda de nulidad, incluyendo copia de la resolución impugnada, constancia de notificación, documento que acredite la personalidad y las pruebas documentales ofrecidas.

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Texto Legal

Artículo 15 – Documentos que se Acompañan a la Demanda

El demandante deberá adjuntar a su demanda:

I. Una copia de la misma y de los documentos anexos para cada una de las partes y una copia más cuando se controvierta una resolución de las señaladas en las fracciones I y III del artículo 2° de esta Ley, o cuando el demandante no haya señalado domicilio para recibir notificaciones en la jurisdicción de la Sala Regional competente.

II. El documento que acredite su personalidad o en el que conste que le fue reconocida por la autoridad demandada, o bien señalar los datos de registro del documento con la que esté acreditada ante el Tribunal.

III. El documento en que conste la resolución impugnada.

IV. En el supuesto de que se impugne una negativa ficta, deberá acompañar una copia en la que obre el sello de recepción de la instancia no resuelta expresamente por la autoridad.

V. La constancia de la notificación de la resolución impugnada.

VI. Cuando no se hubiere recibido constancia de notificación o la misma hubiere sido practicada por correo, así se hará constar en el escrito de demanda, señalando la fecha en que la conoció o la que se ostente en el documento. En caso de negativa ficta se deberá indicar la fecha de presentación del escrito cuya resolución se solicitó.

VII. El cuestionario que debe desahogar el perito, el cual deberá ir firmado por el demandante.

VIII. El interrogatorio para los testigos, el cual deberá ir firmado por el demandante.

Documentos esenciales

| Documento | Fracción | Observación |
|---|---|---|
| Copias de la demanda y anexos | I | Una para cada parte |
| Acreditamiento de personalidad | II | Poder notarial o carta poder |
| Resolución impugnada | III | Original o copia certificada |
| Instancia no resuelta (negativa ficta) | IV | Con sello de recepción |
| Constancia de notificación | V | Para acreditar oportunidad |
| Cuestionario pericial | VII | Firmado por el demandante |
| Interrogatorio de testigos | VIII | Firmado por el demandante |

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La falta de alguno de estos documentos puede ser fatal para el juicio. En SDV Asesores siempre verificamos que se cuente con la resolución impugnada original y la constancia de notificación, ya que sin ellos es difícil acreditar la oportunidad de la demanda. La constancia de notificación es particularmente importante: si la autoridad no la entregó, debe hacerse constar en la demanda. En casos de negativa ficta, es esencial contar con la copia sellada de recepción del escrito que originó la petición no resuelta por la autoridad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 15 del LFPCA?

Señala los documentos que deben adjuntarse a la demanda de nulidad, incluyendo copia de la resolución impugnada, constancia de notificación, documento que acredite la personalidad y las pruebas documentales ofrecidas.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 15 de la Ley de Procedimiento Contencioso?

La falta de alguno de estos documentos puede ser fatal para el juicio. En SDV Asesores siempre verificamos que se cuente con la resolución impugnada original y la constancia de notificación, ya que sin ellos es difícil acreditar la oportunidad de la demanda. La constancia de notificación es particularmente importante: si la autoridad no la entregó, debe hacerse constar en la demanda. En casos de negativa ficta, es esencial contar con la copia sellada de recepción del escrito que originó la petición no resuelta por la autoridad.

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