Regula el cierre de la fase de instrucción del juicio contencioso administrativo, después del cual las partes ya no pueden presentar promociones ni ofrecer pruebas, quedando el asunto listo para sentencia.
Concluida la substanciación del juicio y habiendo transcurrido el plazo para presentar alegatos, se emitirá el acuerdo correspondiente en el que se declare cerrada la instrucción.
1. Demanda y su admisión
2. Contestación de la demanda
3. Ampliación de demanda (si procede)
4. Contestación a la ampliación
5. Periodo probatorio (desahogo de pruebas)
6. Alegatos de las partes
7. Cierre de instrucción
8. Sentencia definitiva
- No se admiten más promociones de las partes respecto del fondo del asunto
- No se ofrecen más pruebas salvo las supervenientes en términos de ley
- El expediente queda listo para que la Sala dicte sentencia definitiva
- Se genera el derecho de las partes a que se resuelva el asunto
Una vez cerrada la instrucción, la Sala deberá dictar sentencia dentro de los sesenta días siguientes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El cierre de instrucción marca un momento procesal definitivo. En SDV Asesores, antes de que se cierre la instrucción, verificamos que todas las pruebas hayan sido correctamente desahogadas y que no existan diligencias pendientes. Es el último momento para asegurar que el expediente esté completo. Después del cierre, solo queda esperar la sentencia. Si la Sala no dicta sentencia en el plazo de 60 días, se puede promover una queja por exceso de plazo ante el Pleno del Tribunal.
Art. 50. Sentencia definitiva
Establece las reglas para el dictado de la sentencia definitiva en el juicio contencioso administrativo, incluyendo la obligación de resolver todos los conceptos de impugnación y la congruencia con la litis planteada.
Art. 51. Causales de ilegalidad
Enumera las causales de ilegalidad de una resolución administrativa: incompetencia, omisión de formalidades, vicios de procedimiento, falta de fundamentación o motivación, desviación de poder, entre otras.
Art. 52. Tipos de sentencia
Establece los sentidos que puede tener la sentencia del TFJA: reconocer la validez, declarar la nulidad lisa y llana, declarar la nulidad para efectos (obligando a la autoridad a emitir nueva resolución), o declarar la nulidad total.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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