Define quiénes son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio: personas vinculadas por una relación de trabajo, miembros de sociedades cooperativas y las personas que determine el Ejecutivo Federal.
Son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio:
I. Las personas que de conformidad con los artículos 20 y 21 de la Ley Federal del Trabajo, presten, en forma permanente o eventual, a otras de carácter físico o moral o unidades económicas sin personalidad jurídica, un servicio remunerado, personal y subordinado, cualquiera que sea el acto que le dé origen y cualquiera que sea la personalidad jurídica o la naturaleza económica del patrón aun cuando éste, en virtud de alguna ley especial, esté exento del pago de contribuciones;
II. Los socios de sociedades cooperativas, y
III. Las personas que determine el Ejecutivo Federal a través del Decreto respectivo, bajo los términos y condiciones que señala esta Ley y los reglamentos correspondientes.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Este artículo es la base para determinar si existe obligación de inscripción al IMSS. Los tres elementos clave de la fracción I son: servicio personal, subordinado y remunerado. En la práctica, el IMSS utiliza este artículo para reclasificar como trabajadores subordinados a personas que operan bajo esquemas de honorarios o subcontratación cuando detecta estos tres elementos. Es indispensable para evaluar el riesgo fiscal de esquemas de contratación alternativos.
Art. 11. Seguros del régimen obligatorio
Establece los cinco seguros que comprende el régimen obligatorio del Seguro Social: riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, y guarderías y prestaciones sociales.
Art. 15. Obligaciones de los patrones
Enumera las obligaciones fundamentales de los patrones ante el IMSS: registro patronal, inscripción de trabajadores, comunicación de modificaciones salariales, determinación y pago de cuotas, y llevar registros de nómina.
Art. 27. Integración del Salario Base de Cotización (SBC)
Define los conceptos que integran el Salario Base de Cotización (SBC) para el pago de cuotas al IMSS, así como las percepciones que se excluyen cuando se otorgan bajo ciertas condiciones y límites.
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Art. 11. Seguros del régimen obligatorio
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