Establece que los patrones deben conservar la documentación sobre el cumplimiento de sus obligaciones ante el IMSS durante los plazos que señala la Ley, siendo esta documentación esencial para auditorías y verificaciones del Instituto.
En caso de sustitución patronal, el patrón sustituto será solidariamente responsable con el sustituido por las obligaciones derivadas de esta Ley, nacidas antes de la fecha de la sustitución, hasta por el término de seis meses, concluido el cual todas las responsabilidades serán atribuibles al nuevo patrón.
El patrón sustituido será solidariamente responsable con el nuevo de las obligaciones derivadas de esta Ley, nacidas antes de la fecha de sustitución, hasta por el término de seis meses concluido el cual todas las responsabilidades serán atribuibles al nuevo patrón.
Los efectos de la sustitución patronal ante el IMSS incluyen:
1. Responsabilidad solidaria temporal: Durante seis meses después de la sustitución, ambos patrones (sustituido y sustituto) son responsables solidarios de las obligaciones previas.
2. Transferencia de derechos y obligaciones: El patrón sustituto asume:
- El registro patronal con su siniestralidad y prima de riesgo
- Las obligaciones de cotización por todos los trabajadores transferidos
- Los adeudos pendientes de cuotas obrero-patronales
3. Continuidad de derechos de los trabajadores: Los trabajadores conservan todos sus derechos adquiridos, semanas de cotización y antigüedad ante el IMSS.
La sustitución patronal debe comunicarse al IMSS dentro de los cinco días hábiles siguientes, tanto por el patrón sustituido como por el sustituto, presentando la documentación que acredite la transmisión de la relación laboral.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
En operaciones de fusión, escisión o compraventa de empresas, la sustitución patronal es un tema crítico de due diligence. El comprador debe verificar que no existan adeudos pendientes de cuotas IMSS antes de la sustitución, porque será solidariamente responsable durante seis meses. En la práctica, se recomienda solicitar opinión de cumplimiento IMSS antes de cerrar cualquier operación de sustitución patronal. La prima de riesgo de trabajo del patrón sustituido se transfiere al sustituto, lo que puede impactar significativamente el costo laboral si la prima era alta.
Art. 12. Sujetos de aseguramiento obligatorio
Define quiénes son sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio: personas vinculadas por una relación de trabajo, miembros de sociedades cooperativas y las personas que determine el Ejecutivo Federal.
Art. 15. Obligaciones de los patrones
Enumera las obligaciones fundamentales de los patrones ante el IMSS: registro patronal, inscripción de trabajadores, comunicación de modificaciones salariales, determinación y pago de cuotas, y llevar registros de nómina.
Art. 16. Determinación presuntiva de cuotas por el IMSS
Faculta al IMSS para determinar presuntivamente las cuotas obrero-patronales omitidas cuando el patrón no cumple con sus obligaciones de registro, inscripción o entero de cuotas, utilizando los datos con que cuente o con base en otros elementos.
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