Enumera las principales facultades y atribuciones del Instituto Mexicano del Seguro Social como organismo fiscal autónomo, incluyendo la administración de los seguros, la recaudación de cuotas y el ejercicio de facultades de comprobación.
El Instituto Mexicano del Seguro Social tiene las facultades y atribuciones siguientes:
I. Administrar los seguros de riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad, invalidez y vida, guarderías y prestaciones sociales, salud para la familia, adicionales y otros, así como prestar los servicios de beneficio colectivo que señala esta Ley;
II. Satisfacer las prestaciones que se establecen en esta Ley;
III. Invertir sus fondos de acuerdo con las disposiciones de esta Ley;
IV. Realizar toda clase de actos jurídicos necesarios para cumplir con sus fines, así como los que fueren necesarios para la administración de las finanzas institucionales;
V. Adquirir bienes muebles e inmuebles para los fines que le son propios;
VI. Establecer clínicas, hospitales, guarderías infantiles, farmacias, centros de convalecencia, centros vacacionales y de readaptación para el trabajo, y cualquiera otro establecimiento para el cumplimiento de sus fines;
VII. Organizar sus dependencias;
VIII. Difundir conocimientos y prácticas de previsión y seguridad social;
IX. Expedir lineamientos de observancia general para la aplicación de esta Ley y sus reglamentos;
X. Recaudar, administrar y aplicar las cuotas de los seguros del régimen obligatorio;
XI. Intervenir en los conflictos que surjan entre patrones y trabajadores con motivo de la aplicación de esta Ley;
XII. Ejercer las facultades de comprobación y determinar créditos fiscales;
XIII. Imponer y aplicar los procedimientos de cobro de las cuotas obrero patronales, capitales constitutivos y sus accesorios; y
XIV. Las demás que le otorguen esta Ley, sus reglamentos y cualquier otra disposición aplicable.
Como organismo fiscal autónomo, el IMSS puede:
- Practicar visitas domiciliarias (auditorías)
- Requerir información a patrones y terceros
- Determinar créditos fiscales por cuotas omitidas
- Aplicar el Procedimiento Administrativo de Ejecución
- Imponer multas y sanciones
- Embargar bienes para garantizar créditos fiscales
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El catálogo de facultades del IMSS es amplio y le da poderes significativos como autoridad fiscal. En la práctica, las facultades más relevantes para los patrones son: (1) las de comprobación (auditorías, que pueden abarcar los últimos 5 años); (2) la determinación de créditos fiscales (liquidaciones por diferencias de cuotas); y (3) el PAE para cobrar adeudos. El IMSS también tiene facultad para emitir lineamientos generales (circulares, criterios normativos) que, aunque no tienen rango de ley, orientan la actuación de las subdelegaciones. Los patrones deben conocer estas facultades para preparar su estrategia de defensa en caso de auditoría.
Art. 5. Regímenes obligatorio y voluntario
Establece que la organización y administración del Seguro Social está a cargo del IMSS y que el seguro comprende un régimen obligatorio y un régimen voluntario.
Art. 9. Disposiciones fiscales aplicables
Establece que las disposiciones fiscales que rigen las contribuciones de seguridad social son las de la propia LSS y, de forma supletoria, el Código Fiscal de la Federación, otorgando al IMSS el carácter de autoridad fiscal.
Art. 15. Obligaciones de los patrones
Enumera las obligaciones fundamentales de los patrones ante el IMSS: registro patronal, inscripción de trabajadores, comunicación de modificaciones salariales, determinación y pago de cuotas, y llevar registros de nómina.
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Art. 287. Cobro de cuotas obrero-patronales, capitales constitutivos y accesorios
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