Establece las responsabilidades de los patrones y sus representantes legales por actos u omisiones que impliquen el incumplimiento del pago de conceptos fiscales (cuotas, capitales constitutivos), incluyendo actualización y recargos conforme al Código Fiscal de la Federación.
Cuando los patrones y demás sujetos obligados realicen actos u omisiones, que impliquen el incumplimiento del pago de los conceptos fiscales que establece el artículo 287, serán sancionados con multa del cuarenta al cien por ciento del concepto omitido.
| Infracción | Multa |
|-----------|-------|
| Omisión de pago de cuotas | 40% al 100% del monto omitido |
| Presentar avisos, declaraciones o datos falsos | 20% al 40% del concepto omitido |
| No presentar avisos afiliatorios | 20 a 350 VUMA por cada trabajador |
| Omitir o presentar con errores los CFDI de nómina | 20 a 75 VUMA por cada CFDI |
Además de las multas, los créditos fiscales se actualizan conforme a las reglas del CFF:
Actualización:
- Se aplica el factor de actualización basado en la variación del INPC
- Desde el mes en que debió hacerse el pago hasta el mes en que se realice
Recargos:
- Tasa mensual fijada por la Ley de Ingresos de la Federación
- Actualmente entre 1.26% y 1.47% mensual
- Se calculan sobre el monto actualizado
- Desde la fecha de vencimiento del pago hasta la fecha de liquidación
Una diferencia de cuotas por $100,000 de hace 3 años puede convertirse en:
| Concepto | Monto aproximado |
|----------|-----------------|
| Cuotas omitidas | $100,000 |
| Actualización (≈15% acumulada) | $15,000 |
| Recargos (≈18% anual × 3 años) | $54,000 |
| Multa (40-100%) | $40,000 - $100,000 |
| Total | $209,000 - $269,000 |
Los representantes legales, directores, gerentes y en general cualquier persona que de alguna manera esté facultada para suscribir documentos, pueden ser personalmente responsables cuando participen en actos u omisiones que causen perjuicio al IMSS.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
El artículo 304 es la base de las sanciones económicas más severas del IMSS. El efecto combinado de actualización, recargos y multas puede duplicar o triplicar el monto original de las cuotas omitidas. En auditorías que abarcan 5 años, el impacto financiero puede ser devastador para empresas pequeñas y medianas. La mejor estrategia es la prevención: mantener un correcto cálculo del SBC, presentar avisos oportunamente y conservar documentación soporte. En caso de créditos determinados, se puede solicitar condonación parcial de multas conforme a los programas que periódicamente publica el IMSS, y los recargos pueden reducirse mediante pago anticipado.
Art. 15. Obligaciones de los patrones
Enumera las obligaciones fundamentales de los patrones ante el IMSS: registro patronal, inscripción de trabajadores, comunicación de modificaciones salariales, determinación y pago de cuotas, y llevar registros de nómina.
Art. 287. Cobro de cuotas obrero-patronales, capitales constitutivos y accesorios
Establece que el IMSS tiene el carácter de organismo fiscal autónomo y puede aplicar el Procedimiento Administrativo de Ejecución para el cobro de cuotas, capitales constitutivos, recargos y multas que no sean cubiertos oportunamente.
Art. 304-A. Catálogo de infracciones a la Ley del Seguro Social
Enumera las conductas que constituyen infracciones a la LSS, sancionables con multas expresadas en veces la UMA, incluyendo omisiones en registro, avisos afiliatorios, presentación de información y cumplimiento de obligaciones patronales.
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Art. 287. Cobro de cuotas obrero-patronales, capitales constitutivos y accesorios
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