LSS

Artículo 34. Percepciones que no forman parte del SBC

Complementa al artículo 27 estableciendo que cuando el trabajador reciba alimentación y habitación de forma gratuita, se considerará incrementado su SBC en un 25% por cada concepto, y cuando reciba ambos, en un 50%.

alimentaciónhabitaciónSBCintegración salarialonerosidad25%prestaciones en especieUMA

Texto Legal

Artículo 34 – Alimentación y Habitación en la Integración del SBC

Cuando el patrón proporcione a sus trabajadores alimentación y habitación de manera gratuita, se estimará aumentado su salario en un veinticinco por ciento por cada uno de los conceptos, y cuando las prestaciones se otorguen en forma onerosa, no serán consideradas como integrantes del salario base de cotización.

Reglas de integración

| Prestación otorgada | Gratuita | Onerosa |
|---------------------|----------|---------|
| Solo alimentación | SBC se incrementa 25% | No integra SBC |
| Solo habitación | SBC se incrementa 25% | No integra SBC |
| Alimentación + habitación | SBC se incrementa 50% | No integra SBC |

Concepto de onerosidad

Se considera que la prestación es onerosa cuando el trabajador paga por ella al menos el 20% de la UMA diaria (antes salario mínimo general diario del D.F.). Es decir:

- Para 2026, con UMA diaria de $113.14, el cobro mínimo sería de $22.63 diarios por concepto.
- El cobro debe ser real y comprobable, no simulado.
- Debe documentarse en recibos de nómina como descuento al trabajador.

Casos especiales

Alimentación parcial:
Cuando la alimentación proporcionada no cubra las tres comidas del día, se considerará que integra en proporción a las comidas otorgadas, según criterios del IMSS.

Trabajadores del campo:
Para trabajadores del campo que reciben alimentación como parte de las condiciones de trabajo, aplican las mismas reglas, pero es común que la alimentación se proporcione gratuitamente y por tanto integre al SBC.

Viáticos:
Los gastos de alimentación derivados de viáticos de trabajo no se consideran como alimentación integrante del SBC, siempre que se comprueben con documentación fiscal y correspondan a gastos estrictamente indispensables para el desempeño del trabajo.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este artículo es especialmente relevante para industrias donde se proporciona alimentación y/o habitación: hoteles, restaurantes, agricultura, construcción y empresas con comedores industriales. El error más frecuente es no integrar el 25% por alimentación gratuita cuando la empresa opera un comedor donde los trabajadores comen sin costo. La solución más común es cobrar a los trabajadores al menos el 20% de la UMA diaria para que la alimentación sea onerosa y no integre SBC. Es indispensable que el cobro se refleje en la nómina como descuento y se pueda comprobar su efectivo cobro.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 34 del LSS?

Complementa al artículo 27 estableciendo que cuando el trabajador reciba alimentación y habitación de forma gratuita, se considerará incrementado su SBC en un 25% por cada concepto, y cuando reciba ambos, en un 50%.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 34 de la Ley del Seguro Social?

Este artículo es especialmente relevante para industrias donde se proporciona alimentación y/o habitación: hoteles, restaurantes, agricultura, construcción y empresas con comedores industriales. El error más frecuente es no integrar el 25% por alimentación gratuita cuando la empresa opera un comedor donde los trabajadores comen sin costo. La solución más común es cobrar a los trabajadores al menos el 20% de la UMA diaria para que la alimentación sea onerosa y no integre SBC. Es indispensable que el cobro se refleje en la nómina como descuento y se pueda comprobar su efectivo cobro.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 34 LSS?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 34 del LSS, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de cuotas IMSS, Calculadora de nómina. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 34 del LSS?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo