Detalla las prestaciones en dinero que corresponden al asegurado declarado con incapacidad permanente por riesgo de trabajo: pensión, indemnización global, aguinaldo y asignaciones familiares.
El asegurado que sufra un riesgo de trabajo tiene derecho a las siguientes prestaciones en dinero:
I. Si lo incapacita para trabajar recibirá mientras dure la inhabilitación, el cien por ciento de su salario sin que pueda exceder del máximo del salario base de cotización.
II. Al declararse la incapacidad permanente total del asegurado, éste recibirá una pensión mensual definitiva equivalente al setenta por ciento del salario en que estuviere cotizando. En el caso de enfermedades de trabajo, se calculará con el promedio de las cincuenta y dos últimas semanas de cotización.
III. Si la incapacidad declarada es permanente parcial, superior al cincuenta por ciento, el asegurado recibirá una pensión que será otorgada por la institución de seguros que elija.
IV. El Instituto otorgará a los pensionados por incapacidad permanente total y parcial con un mínimo del cincuenta por ciento de incapacidad, un aguinaldo anual equivalente a quince días del importe de la pensión que perciban.
El asegurado con incapacidad permanente puede optar entre:
Opción A - Pensión:
- Contratar una renta vitalicia con una aseguradora
- Mantener el saldo de su cuenta individual en la AFORE con retiros programados
Opción B - Indemnización global:
- Para incapacidades menores al 25%, recibir un pago único equivalente a cinco anualidades de la pensión correspondiente
- Esta opción libera al IMSS y a la aseguradora de la obligación pensionaria
| Incapacidad permanente total (100%) | 70% del SBC mensual como pensión |
|--------------------------------------|----------------------------------|
| Incapacidad permanente parcial (>50%) | Proporción correspondiente al % |
| Incapacidad permanente parcial (<25%) | Indemnización global = 5 anualidades |
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La reforma de 2020 modificó el esquema de pensiones por riesgo de trabajo, dando al asegurado la opción de elegir entre renta vitalicia o retiros programados. En la práctica, para incapacidades permanentes parciales menores al 25%, la indemnización global es la opción más común y conveniente. Para incapacidades mayores, la pensión vitalicia suele ser más benéfica a largo plazo. Es importante que el asegurado reciba asesoría antes de elegir, ya que la decisión es irrevocable. El aguinaldo del pensionado (15 días) se paga en diciembre de cada año.
Art. 41. Definición de riesgos de trabajo
Define los riesgos de trabajo como los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo, en concordancia con la Ley Federal del Trabajo.
Art. 56. Valuación de incapacidad permanente
Establece que el IMSS debe declarar el grado de incapacidad permanente tomando en cuenta la tabla de valuación del artículo 514 de la Ley Federal del Trabajo, los dictámenes médicos y la capacidad de trabajo residual del asegurado.
Art. 62. Aguinaldo anual del pensionado por riesgo de trabajo
Establece que los pensionados por incapacidad permanente total o parcial con un mínimo de más del 50% recibirán un aguinaldo anual equivalente a quince días del importe de la pensión que perciban.
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