LSS

Artículo 9. Disposiciones fiscales aplicables

Establece que las disposiciones fiscales que rigen las contribuciones de seguridad social son las de la propia LSS y, de forma supletoria, el Código Fiscal de la Federación, otorgando al IMSS el carácter de autoridad fiscal.

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Texto Legal

Artículo 9 – Disposiciones Fiscales Aplicables

Las disposiciones fiscales de esta Ley que establecen cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas las normas que se refieran al sujeto, objeto, base de cotización y tasa.

Aplicación estricta de la ley fiscal

El principio de aplicación estricta significa que:

- No cabe interpretación analógica en materia de sujetos obligados, base de cotización, tasas de cotización ni sanciones.
- Las excepciones son taxativas: Solo se excluyen del SBC los conceptos expresamente listados en el artículo 27.
- Las sanciones deben estar previstas en la ley: El IMSS no puede imponer multas o recargos no contemplados expresamente.

Supletoriedad del Código Fiscal de la Federación

A falta de norma expresa en esta Ley, se aplican de manera supletoria las disposiciones del Código Fiscal de la Federación, lo que incluye:

- Procedimiento administrativo de ejecución (embargo, remate)
- Actualización y recargos por pagos extemporáneos
- Facultades de comprobación (auditorías, visitas domiciliarias)
- Medios de defensa (recurso de revocación)
- Prescripción y caducidad

Implicaciones prácticas

El carácter fiscal de las cuotas obrero-patronales permite al IMSS:

1. Determinar créditos fiscales por cuotas omitidas o diferencias
2. Aplicar actualización y recargos conforme al CFF
3. Ejercer el PAE (Procedimiento Administrativo de Ejecución) para cobrar adeudos
4. Imponer multas por infracciones a las obligaciones patronales

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

El principio de aplicación estricta es la mejor herramienta de defensa patronal en auditorías IMSS: si el Instituto pretende integrar al SBC un concepto no previsto expresamente en el artículo 27, se puede argumentar que viola este principio constitucional. La supletoriedad del CFF también es relevante porque significa que los plazos de prescripción (5 años) y caducidad (5 años) del CFF aplican a las cuotas IMSS. En la práctica, las reglas de actualización y recargos del CFF se aplican directamente a los adeudos de cuotas, lo que puede incrementar significativamente el monto de un crédito fiscal por diferencias.

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Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 9 del LSS?

Establece que las disposiciones fiscales que rigen las contribuciones de seguridad social son las de la propia LSS y, de forma supletoria, el Código Fiscal de la Federación, otorgando al IMSS el carácter de autoridad fiscal.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 9 de la Ley del Seguro Social?

El principio de aplicación estricta es la mejor herramienta de defensa patronal en auditorías IMSS: si el Instituto pretende integrar al SBC un concepto no previsto expresamente en el artículo 27, se puede argumentar que viola este principio constitucional. La supletoriedad del CFF también es relevante porque significa que los plazos de prescripción (5 años) y caducidad (5 años) del CFF aplican a las cuotas IMSS. En la práctica, las reglas de actualización y recargos del CFF se aplican directamente a los adeudos de cuotas, lo que puede incrementar significativamente el monto de un crédito fiscal por diferencias.

¿Qué herramientas de cálculo se relacionan con el Art. 9 LSS?

Para aplicar lo dispuesto en el Artículo 9 del LSS, SDV Asesores pone a tu disposición las siguientes herramientas: Calculadora de cuotas IMSS. Estas calculadoras te permiten realizar los cálculos fiscales correspondientes de forma rápida y precisa.

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