Enumera los asuntos reservados a la asamblea extraordinaria de accionistas, incluyendo modificaciones al contrato social, emisión de acciones privilegiadas, aumento y reducción de capital, fusión, transformación, escisión y disolución.
Son asambleas extraordinarias, las que se reúnan para tratar cualquiera de los siguientes asuntos:
I. Prórroga de la duración de la sociedad;
II. Disolución anticipada de la sociedad;
III. Aumento o reducción del capital social;
IV. Cambio de objeto de la sociedad;
V. Cambio de nacionalidad de la sociedad;
VI. Transformación de la sociedad;
VII. Fusión con otra sociedad;
VIII. Emisión de acciones privilegiadas;
IX. Amortización por la sociedad de sus propias acciones y emisión de acciones de goce;
X. Emisión de bonos;
XI. Cualquiera otra modificación del contrato social;
XII. Los demás asuntos para los que la Ley o el contrato social exija un quórum especial.
Estas asambleas podrán reunirse en cualquier tiempo.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Las decisiones listadas en este artículo son las de mayor trascendencia para la vida societaria. SDV Asesores destaca que los aumentos y reducciones de capital (fracción III) tienen implicaciones fiscales directas: los aumentos se registran en la CUCA (art. 78 LISR) y las reducciones pueden generar utilidades gravables si exceden el saldo de la CUCA. La fusión y escisión (fracciones VII y VI) requieren cumplir requisitos fiscales adicionales establecidos en el artículo 14-B del CFF para no ser consideradas enajenación. El cambio de objeto social (fracción IV) debe notificarse al SAT actualizando la Constancia de Situación Fiscal. Cada una de estas operaciones requiere asesoría integral corporativa y fiscal antes de ejecutarse.
Art. 142. Asamblea general de accionistas como órgano supremo
Establece que la asamblea general de accionistas es el órgano supremo de la sociedad y puede acordar y ratificar todos los actos y operaciones de la misma. Sus resoluciones obligan a todos los accionistas, incluso a los ausentes o disidentes.
Art. 143. Asambleas ordinarias y extraordinarias
Clasifica las asambleas generales de accionistas en ordinarias y extraordinarias, estableciendo que las especiales se integran por tenedores de una categoría especial de acciones.
Art. 178. Competencia de la asamblea ordinaria
Establece los asuntos que son competencia exclusiva de la asamblea ordinaria de accionistas: aprobación de informes financieros, nombramiento de administradores y comisarios, y determinación de sus emolumentos.
Art. 229. Causas de disolución de las sociedades
Enumera las causas legales por las cuales las sociedades mercantiles se disuelven: expiración del plazo, imposibilidad de realizar el objeto social, acuerdo de los socios, reducción del número de socios por debajo del mínimo legal, y pérdida de dos terceras partes del capital.
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