Enumera las causas legales por las cuales las sociedades mercantiles se disuelven: expiración del plazo, imposibilidad de realizar el objeto social, acuerdo de los socios, reducción del número de socios por debajo del mínimo legal, y pérdida de dos terceras partes del capital.
Las sociedades se disuelven:
I. Por expiración del término fijado en el contrato social;
II. Por imposibilidad de seguir realizando el objeto principal de la sociedad o por quedar éste consumado;
III. Por acuerdo de los socios tomado de conformidad con el contrato social y con la Ley;
IV. Porque el número de accionistas llegue a ser inferior al mínimo que esta Ley establece, o porque las partes de interés se reúnan en una sola persona;
V. Por la pérdida de las dos terceras partes del capital social.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
La disolución de una sociedad es un proceso complejo con implicaciones jurídicas, fiscales y laborales significativas. SDV Asesores advierte que la fracción V (pérdida de dos terceras partes del capital) es una causa de disolución que muchas empresas ignoran pero que los administradores están obligados a vigilar, pues su omisión puede generar responsabilidad personal. Fiscalmente, la disolución activa obligaciones específicas: presentación del aviso de liquidación ante el SAT, designación de liquidador, elaboración del balance de liquidación, y cálculo de la utilidad o pérdida fiscal del ejercicio de liquidación conforme a los artículos 12 y 14 del CFF. Los pagos a socios durante la liquidación pueden generar ISR conforme a los artículos 78 y 140 de la LISR. Se recomienda siempre asesoría integral antes de iniciar un proceso de disolución.
Art. 1. Tipos de sociedades mercantiles reconocidas
Enumera las especies de sociedades mercantiles que reconoce la legislación mexicana: Sociedad en Nombre Colectivo, Sociedad en Comandita Simple, Sociedad de Responsabilidad Limitada, Sociedad Anónima, Sociedad en Comandita por Acciones, Sociedad Cooperativa y Sociedad por Acciones Simplificada.
Art. 182. Competencia de la asamblea extraordinaria
Enumera los asuntos reservados a la asamblea extraordinaria de accionistas, incluyendo modificaciones al contrato social, emisión de acciones privilegiadas, aumento y reducción de capital, fusión, transformación, escisión y disolución.
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Art. 182. Competencia de la asamblea extraordinaria
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