FISCALES

Artículo IUS 809803. SUPLICA.

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

scjn-jurisprudencias-fiscalestesis_aisladaquinta-Épocacomún

Texto Legal

SUPLICA.

El recurso de súplica sólo procede contra las sentencias definitivas, dictadas en segunda instancia, por los tribunales federales, o por los del orden común, con motivo de las controversias que se susciten sobre cumplimiento y aplicación de las leyes federales, pero no cabe contra las sentencias que no admiten el recurso de apelación.

---

Registro digital (IUS): 809803

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Instancia: Tercera Sala

Localización: [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 86

Precedentes

Tomo XXV, página 2619. Indice Alfabético. Recurso de súplica 162/28. Rabasa Emilio. 28 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Tomo XXV, página 2619. Indice Alfabético. Recurso de súplica 188/28. Sosa María Dolores. 14 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.Tomo XXV, página 86. Recurso de súplica. Crowley Motor, Company. 14 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el número del asunto ni el nombre del ponente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo IUS 809803 del FISCALES?

Tesis aislada · Quinta Época · Tercera Sala

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo IUS 809803 de la J. Fiscales SCJN?

Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.

¿Necesitas asesoría sobre el Art. IUS 809803 del FISCALES?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. IUS 809803 FISCALES desde tu celular