Tesis aislada · Quinta Época · Primera Sala
Siendo atribución exclusiva de las autoridades comunes, apreciar la fuerza probatoria de las declaraciones de los testigos, la Corte, al conocer en amparo, no puede calificar el valor de esa prueba.
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Registro digital (IUS): 809838
Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Instancia: Primera Sala
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 282
Amparo civil directo. Rodríguez Manuel 2014/28. 9 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Tesis obtenida del Semanario Judicial de la Federación (SJF) de la SCJN.
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