Declaratoria de Desastre Natural para efectos de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), provocada por las lluvias atípicas e impredecibles causadas por la tormenta tropical Miriam en el Estado de Baja California Sur, los días 16 y 17 de septiembre de 2000
DECLARATORIA de Desastre Natural para efectos de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), provocada por las lluvias atípicas e impredecibles causadas por la tormenta tropical Miriam en el Estado de Baja California Sur, los días 16 y 17 de septiembre de 2000.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL PARA EFECTOS DE LAS REGLAS DE OPERACION DEL FONDO DE DESASTRES NATURALES (FONDEN) PROVOCADA POR LAS LLUVIAS ATIPICAS E IMPREDECIBLES CAUSADAS POR LA TORMENTA TROPICAL MIRIAM EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, LOS DIAS 16 Y 17 DE SEPTIEMBRE DE 2000.
DIODORO CARRASCO ALTAMIRANO, Secretario de Gobernación, asistido por Oscar Navarro Gárate, Coordinador General de Protección Civil de dicha Secretaría, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 27 fracción XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 12o. fracción IX y 29 al 37 de la Ley General de Protección Civil, 5o. fracciones I y XXIV y 10o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; y numerales 43, 44 y 45 del Acuerdo que establece las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), y
CONSIDERANDO
Que el Acuerdo que establece las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), publicado el 29 de febrero de 2000 en el Diario Oficial de la Federación, precisa que el FONDEN tiene como objetivo atender los efectos de desastres naturales imprevisibles, cuya magnitud supere la capacidad de respuesta de las dependencias y entidades federales, así como de las autoridades de las entidades federativas y que es un complemento de las acciones que deben llevarse a cabo para la prevención de desastres naturales.
Que por petición escrita a la Secretaría de Gobernación, el C. Gobernador del Estado de Baja California Sur mediante oficio sin número recibido el 28 de septiembre de 2000, solicitó se emitiera la Declaratoria de Desastre Natural, manifestando que el paso de la tormenta tropical Miriam por el Estado, afectó seriamente la comunicación entre cuatro municipios de la entidad y que tomando en cuenta el difícil escenario financiero del Estado para enfrentar esta situación, plantea la necesidad de recursos financieros adicionales con cargo al Fondo de Desastres Naturales a fin de atender a la mayor brevedad posible esta problemática.
Asimismo, en la referida petición el Gobernador del Estado de Baja California Sur, manifiesta su acuerdo con lo establecido en las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales.
Que para efectos de emitir la presente Declaratoria, en acatamiento al numeral 45 de las Reglas de Operación del FONDEN, previamente la Secretaría de Gobernación solicitó la opinión de la Comisión Nacional del Agua, misma que mediante oficio número BOO.- 887, recibido el 13 de octubre de 2000, señaló que la tormenta tropical Miriam se desarrolló en el Océano Pacífico del 15 al 17 de septiembre y atravesó el extremo sur de la península de Baja California el día 17, produciendo lluvias atípicas e impredecibles en los municipios de Los Cabos, La Paz, Comondú y Loreto del Estado de Baja California Sur.
Con base en lo anterior, se determinó procedente declarar como desastre natural el fenómeno acaecido en diversas áreas del Estado de Baja California Sur, por lo que esta dependencia ha tenido a bien expedir la siguiente:
DECLARATORIA DE DESASTRE NATURAL PARA EFECTOS DE LAS REGLAS DE OPERACION DEL FONDO DE DESASTRES NATURALES (FONDEN) PROVOCADA POR LAS LLUVIAS ATIPICAS E IMPREDECIBLES CAUSADAS POR LA TORMENTA TROPICAL MIRIAM EN EL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA SUR, LOS DIAS 16 Y 17 DE SEPTIEMBRE DE 2000
Artículo 1o.- Para efectos de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales (FONDEN), se declara como zona de desastre, afectada por las lluvias atípicas e impredecibles causadas por la tormenta tropical Miriam los días 16 y 17 de septiembre de 2000, a diversos municipios del Estado de Baja California Sur, mismos que una vez que sean evaluados los daños, se precisarán por cada una de las dependencias y entidades federales participantes. Con tal fin y en acatamiento al numeral 55 de las citadas Reglas de Operación, en su oportunidad se publicará el listado de municipios afectados.
Artículo 2o.- La presente Declaratoria de Desastre Natural se expide exclusivamente para efectos de acceder a los recursos del FONDEN, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2000, a la Ley General de Protección Civil y a las Reglas de Operación de dicho Fondo.
Artículo 3o.- La determinación de los daños a reparar, provocados por las lluvias atípicas e impredecibles suscitadas los días 16 y 17 de septiembre de 2000 en el Estado de Baja California Sur, se hará en los términos de los numerales 47 y 48 de la Sección III del Capítulo V de las Reglas de Operación del Fondo de Desastres Naturales.
Artículo 4o.- La presente Declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los diarios de mayor circulación del Estado de Baja California Sur.
México, Distrito Federal, a trece de octubre de dos mil.- El Secretario de Gobernación, Diódoro Carrasco Altamirano.- Rúbrica.- El Coordinador General de Protección Civil, Oscar Navarro Gárate.- Rúbrica.