Aviso de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Potrero de los Franco, con una superficie aproximada de 07-00-00 hectáreas, Municipio de Tepehuanes, Dgo.
AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Potrero de los Franco, con una superficie aproximada de 07-00-00 hectáreas, Municipio de Tepehuanes, Dgo AVISO de deslinde del predio de presunta propiedad nacional denominado Potrero de los Franco, con una superficie aproximada de 07-00-00 hectáreas, Municipio de Tepehuanes, Dgo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Reforma Agraria.
AVISO DE DESLINDE DEL PREDIO PRESUNTO PROPIEDAD NACIONAL DENOMINADO "POTRERO DE LOS FRANCO", UBICADO EN EL MUNICIPIO DE TEPEHUANES, ESTADO DE DURANGO.
La Dirección General Adjunta de Regularización de la Propiedad Rural, dependiente de la Dirección General de Ordenamiento y Regularización de la Secretaría de la Reforma Agraria, mediante oficio número REF. II-210-DGARPR 161012, de fecha 11 de septiembre de 2012, con el número de folio 19253, autorizó a la Delegación en Durango para que comisionara perito deslindador, conforme a contrato como Prestador de Servicios Profesionales por el periodo comprendido del 27 de enero al 20 de diciembre del 2012 y mediante Oficio de Comisión No. DED/DE/021/12 me ha autorizado para que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 160 de la Ley Agraria; 104, 107 y 108 del reglamento de la Misma en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, proceda al deslinde y medición del predio presuntamente propiedad nacional denominado "Potrero de Los Franco", con una superficie aproximada de 07-00-00 hectáreas ubicado en el Municipio de Tepehuanes, Estado de Durango, el cual cuenta con las siguientes colindancias:
AL NORTE: ARROYO DE LOS MANZANOS
AL SUR: ARROYO DE LA JOYITA
AL ESTE: PROPIEDAD DE NIEVES RAMOS
AL OESTE: ARROYO DE LA OTRA BANDA
Por lo que en cumplimiento a lo establecido por los artículos 160 de la Ley Agraria y 108 del Reglamento de la Ley en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, deberá publicarse, por una sola vez, en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Durango, en el periódico de información local, así como colocarse en los parajes más cercanos al mismo terreno, con el objeto de comunicar a las personas que se sientan afectadas en sus derechos por la realización de los trabajos de deslinde, a fin de que dentro de un periodo de 30 días hábiles, a partir de la publicación del presente Aviso en el Diario Oficial de la Federación, ocurran ante el suscrito para exponer lo que a su derecho convenga, así como para presentar la documentación que fundamente su dicho. Para tal fin se encuentra a la vista de cualquier interesado el croquis correspondiente en las oficinas que ocupa la Delegación en el Estado de Durango, con domicilio en Ana Leyva número 100, colonia Nueva Vizcaya, de la Ciudad de Durango, Dgo.
A las personas que no presenten sus documentos dentro del plazo señalado o que habiendo sido notificadas para presenciar el deslinde no concurran al mismo, se les tendrá como conformes con sus resultados.
Atentamente
Durango, Dgo., a 26 de septiembre de 2012.- El Perito Deslindador, Luis Daniel Muñoz García.- Rúbrica.
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