MODIFICACIONES al Estatuto Orgánico de Pemex-Petroquímica MODIFICACIONES al Estatuto Orgánico de Pemex-Petroquímica.
Al margen un logotipo, que dice: Petróleos Mexicanos.
EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÃN DE PEMEX-PETROQUÃMICA, con fundamento en el artículo Décimo Tercero, fracción XI, del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos, aprobó las modificaciones al Estatuto Orgánico de Pemex-Petroquímica.
ARTÃCULO ÃNICO. Se ADICIONAN los artículos 28, fracción VII-A, y 31, fracción VII-A del Estatuto Orgánico de Pemex-Petroquímica, para quedar como sigue:
"Artículo 28. ...
I. a VII. ...
VII-A. Dirigir las actividades y la prestación de servicios derivados de las alianzas, asociaciones, convenios y/o contratos que celebre Pemex-Petroquímica con terceros;
VIII. a XXV. ...
Artículo 31. ...
I. a VII. ...
VII-A. Coordinar las actividades y la prestación de servicios derivados de las alianzas, asociaciones, convenios y/o contratos que celebre Pemex-Petroquímica con terceros;
VIII. a XIX. ...
..."
TRANSITORIO
ÃNICO. Las modificaciones al Estatuto Orgánico de Pemex-Petroquímica, entrarán en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Las presentes modificaciones al Estatuto Orgánico de Pemex-Petroquímica, fueron aprobadas por el Consejo de Administración de Pemex-Petroquímica, con fundamento en el artículo Décimo Tercero, fracción XI, del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos, en Sesión 145 Ordinaria celebrada el día 20 de agosto de 2014, mediante Acuerdo CAPPQ-035/2014.
Ciudad de México, D.F., a 20 de octubre de 2014.- El Director Jurídico de Petróleos Mexicanos, Marco Antonio de la Peña Sánchez.- Rúbrica.
(R.- 400579)