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Nota Aclaratoria a las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, para el ejercicio fiscal 2023, publicadas en la edición vespertina del 30 de diciembre de 2022.

02 de enero de 2023
SECRETARIA DE BIENESTAR
Sección UNICA SECCION
Código DOF: 5676306
Materia
Administrativa
Sección DOF
UNICA SECCION
Importancia
Media
Fecha
2023-01-02
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Texto completo

NOTA Aclaratoria a las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, para el ejercicio fiscal 2023, publicadas en la edición vespertina del 30 de diciembre de 2022 NOTA Aclaratoria a las Reglas de Operación del Programa Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores, para el ejercicio fiscal 2023, publicadas en la edición vespertina del 30 de diciembre de 2022. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- BIENESTAR.- Secretaría de Bienestar.- Unidad del Abogado General y Comisionado para la Transparencia. NOTA ACLARATORIA A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PENSIÓN PARA EL BIENESTAR DE LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES, PARA EL EJERCICIO 2023 PUBLICADAS EN LA EDICIÓN VESPERTINA DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN CON FECHA 30 DE DICIEMBRE DEL 2022. En el numeral 3.4 Características de los subsidios (tipo y monto del apoyo) dice: El monto de la pensión será de $2,400.00 (Dos mil cuatrocientos veinticinco pesos 00/100 M.N.) mensuales pagaderos bimestralmente de acuerdo con el Presupuesto de Egresos de la Federación autorizado para el ejercicio fiscal 2023, el cual, se actualizará a partir del año 2024, para aquellas personas incorporadas en el Padrón de Beneficiarios y que no se encuentren en algún supuesto de retención, suspensión o baja de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.6 de las presentes Reglas de Operación. Debe decir: El monto de la pensión será de $2,400.00 (Dos mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.) mensuales pagaderos bimestralmente de acuerdo con el Presupuesto de Egresos de la Federación, autorizado para el ejercicio fiscal 2023, el cual, se actualizará a partir del año 2024, para aquellas personas incorporadas en el Padrón de Beneficiarios y que no se encuentren en algún supuesto de retención, suspensión o baja de acuerdo con lo establecido en el numeral 3.6 de las presentes Reglas de Operación. Atentamente Ciudad de México, 2 de enero de 2023.- Abogado General y Comisionado para la Transparencia en la Secretaría de Bienestar, Lic. Alejandro Gonzalo Polanco Mireles.- Rúbrica.

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