Guía completa del RESICO: tasas ISR del 1% al 2.5%, requisitos, límite de ingresos, obligaciones y comparativa con el régimen de Actividad Empresarial.
El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) fue introducido con la reforma fiscal de 2022 como una opción simplificada para personas físicas con actividad empresarial o servicios profesionales.
Está regulado en el Artículo 113-E de la Ley del ISR y permite a los contribuyentes con ingresos anuales de hasta $3,500,000 pagar tasas de ISR significativamente más bajas, que van del 1% al 2.5% sobre los ingresos efectivamente cobrados.
Clave: En RESICO no se deducen gastos. El ISR se calcula directamente sobre los ingresos cobrados, lo que simplifica enormemente la contabilidad.
| Ingreso mensual desde | Hasta | Tasa ISR |
|---|---|---|
| $0.01 | $25,000.00 | 1.00% |
| $25,000.01 | $50,000.00 | 1.10% |
| $50,000.01 | $83,333.33 | 1.50% |
| $83,333.34 | $208,333.33 | 2.00% |
| $208,333.34 | $291,666.67 | 2.50% |
Fuente: Art. 113-E de la Ley del ISR. Tasas aplicables a pagos provisionales mensuales sobre ingresos cobrados.
Ser persona física
Ingresos anuales hasta $3,500,000
Estar al corriente en declaraciones
Contar con e.firma vigente y buzón tributario activo
No ser socio de personas morales
No tener ingresos por asimilados a salarios
Expedir facturas con CFDI 4.0
Tasas bajas (1% a 2.5%)
Contabilidad simplificada
Sin declaración anual obligatoria
Sin necesidad de deducciones
No se deducen gastos
Límite de ingresos: $3.5M anuales
No aplica si eres socio de persona moral
Sales del régimen si incumples obligaciones
| Concepto | RESICO | Act. Empresarial |
|---|---|---|
| Tasa ISR | 1% - 2.5% sobre ingresos | 1.92% - 35% sobre utilidad |
| Base gravable | Ingresos cobrados | Ingresos - Deducciones |
| Contabilidad | Simplificada | Completa |
| Deducciones | No aplica | Todas autorizadas |
| Límite ingresos | $3,500,000 | Sin límite |
| Declaración anual | No obligatoria | Obligatoria |
El RESICO es ideal cuando tus gastos deducibles representan menos del 60-70% de tus ingresos. En ese caso, las tasas bajas del RESICO (1% a 2.5%) resultan más favorables que el régimen general.
Si tienes gastos deducibles elevados (renta, nómina, insumos, etc.) que superan el 60-70% de tus ingresos, el régimen de Actividad Empresarial podría ser más conveniente, ya que pagarías ISR solo sobre la utilidad (ingresos menos deducciones).
RESICO conviene si:
Act. Empresarial conviene si:
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