El albacea no puede ejecutar disposiciones del testador que sean contrarias a la ley, bajo pena de nulidad y responsabilidad por dolo. Esta norma protege la legalidad de las disposiciones testamentarias.
ARTíCULO 1301 (DEL ART. 2) Art. 1301. Se prohíbe a el albacea llevar a efecto ninguna disposición del testador en lo que fuere contraria a las leyes, so pena de nulidad, y de considerársele culpable de dolo. ALBACEA TESTADOR DISPOSICION PROHIBICION NULIDAD DOLO
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Si el albacea actúa en contra de esta disposición, podría enfrentar acciones legales y la nulidad de sus actos, lo que afectaría la distribución de la herencia.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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