Las reglas del articulo anterior se extienden a arquitectos encargados de la construcción, asegurando que también estén sujetos a las mismas responsabilidades y limitaciones.
ARTíCULO 2004 (DEL ART. 2) Art. 2004. Las reglas 3.a, 4.a y 5.a del precedente artículo, se extienden a los que se encargan de la construcción de un edificio en calidad de arquitectos.
Interpretación práctica por el equipo de SDV
Esto implica que los arquitectos deben estar igualmente atentos a las condiciones del contrato para evitar responsabilidades inesperadas.
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