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Artículo 2065. Inicio y duración de la sociedad

El articulo 2065 establece que, en ausencia de plazo o condición, la sociedad comienza en la fecha del contrato y dura toda la vida de los asociados. Esto proporciona claridad sobre la duración de la sociedad.

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Texto Legal

ARTíCULO 2065 (DEL ART. 2) Art. 2065. No expresándose plazo o condición para que tenga principio la sociedad, se entenderá que principia a la fecha del mismo contrato; y no expresándose plazo o condición para que tenga fin, se entenderá contraída por toda la vida de los asociados, salvo el derecho de renuncia. Pero si el objeto de la sociedad es un negocio de duración limitada, se entenderá contraída por todo el tiempo que durare el negocio.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

Este articulo es fundamental para la planificación a largo plazo de la sociedad. No tener claridad sobre la duración puede llevar a malentendidos entre los socios sobre sus compromisos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2065 del CC?

El articulo 2065 establece que, en ausencia de plazo o condición, la sociedad comienza en la fecha del contrato y dura toda la vida de los asociados. Esto proporciona claridad sobre la duración de la sociedad.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2065 de la CC?

Este articulo es fundamental para la planificación a largo plazo de la sociedad. No tener claridad sobre la duración puede llevar a malentendidos entre los socios sobre sus compromisos.

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