CC

Artículo 2080. Informe de gestion del administrador

El socio administrador debe rendir cuentas de su gestión en los plazos establecidos, garantizando transparencia y responsabilidad. Esto es clave para la confianza entre socios.

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Texto Legal

ARTíCULO 2080 (DEL ART. 2) Art. 2080. El socio administrador es obligado a dar cuenta de su gestión en los períodos designados al efecto por el acto que le ha conferido la administración, y, a falta de esta designación, anualmente.

Análisis SDV Asesores

Interpretación práctica por el equipo de SDV

La rendición de cuentas regular es esencial para mantener la confianza entre socios y asegurar que la administración se realice de manera efectiva.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 2080 del CC?

El socio administrador debe rendir cuentas de su gestión en los plazos establecidos, garantizando transparencia y responsabilidad. Esto es clave para la confianza entre socios.

¿Cuál es la importancia práctica del Artículo 2080 de la CC?

La rendición de cuentas regular es esencial para mantener la confianza entre socios y asegurar que la administración se realice de manera efectiva.

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